Arganda del Rey (BOCM-20241030-59)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 225
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169 y 179 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, se hace público que habiendo transcurrido el plazo reglamentario de quince
días hábiles de información pública del expediente número 19/2024 de transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias de distinta área de gasto del presupuesto prorrogado
vigente en 2024, aprobado provisionalmente en sesión de Pleno celebrada el 25 de septiembre de 2024 y no habiéndose presentado alegaciones al mismo, se aprueba definitivamente,
siendo el resumen de la citada modificación el siguiente:
TRANSFERENCIAS POSITIVAS EN CAPÍTULOS DE GASTOS
CAPÍTULO
4
IMPORTE
MODIFICACIÓN
DESCRIPCIÓN
Familia y Bienestar Social. Transferencias a familias e instituciones si ánimo de lucro
375.332,72 €
TOTAL
375.332,72 €
TRANSFERENCIAS NEGATIVAS EN CAPÍTULOS DE GASTOS
CAPÍTULO
2
IMPORTE
MODIFICACIÓN
DESCRIPCIÓN
Servicios Complementarios de educación. Trabajos realizados por otras empresas
375.332,72 €
TOTAL
375.332,72 €
Contra el presente acuerdo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 171 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, según lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
BOCM-20241030-59
Arganda del Rey, a 28 de octubre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda y Mantenimiento de la Ciudad, Álvaro Fernández Martín-Consuegra.
(03/17.546/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
59
ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169 y 179 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, se hace público que habiendo transcurrido el plazo reglamentario de quince
días hábiles de información pública del expediente número 19/2024 de transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias de distinta área de gasto del presupuesto prorrogado
vigente en 2024, aprobado provisionalmente en sesión de Pleno celebrada el 25 de septiembre de 2024 y no habiéndose presentado alegaciones al mismo, se aprueba definitivamente,
siendo el resumen de la citada modificación el siguiente:
TRANSFERENCIAS POSITIVAS EN CAPÍTULOS DE GASTOS
CAPÍTULO
4
IMPORTE
MODIFICACIÓN
DESCRIPCIÓN
Familia y Bienestar Social. Transferencias a familias e instituciones si ánimo de lucro
375.332,72 €
TOTAL
375.332,72 €
TRANSFERENCIAS NEGATIVAS EN CAPÍTULOS DE GASTOS
CAPÍTULO
2
IMPORTE
MODIFICACIÓN
DESCRIPCIÓN
Servicios Complementarios de educación. Trabajos realizados por otras empresas
375.332,72 €
TOTAL
375.332,72 €
Contra el presente acuerdo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 171 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, según lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
BOCM-20241030-59
Arganda del Rey, a 28 de octubre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda y Mantenimiento de la Ciudad, Álvaro Fernández Martín-Consuegra.
(03/17.546/24)
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ISSN 1989-4791