Mancomunidad de Servicios Sociales de la Sierra Norte (BOCM-20241030-95)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 259
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto
de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Estar en posesión o en condición de obtener en la fecha de finalización de plazo de
presentación de instancias la titulación que se establezca en las bases específicas
para cada plaza.
c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional adecuada para el desempeño de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales, serán admitidos en
condiciones de igualdad con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no
sean incompatibles con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
Quienes tengan algún tipo de discapacidad, deberán acreditar la aptitud necesaria
para el normal ejercicio de las funciones asignadas al puesto de trabajo ofertado,
mediante dictamen expedido con posterioridad a la publicación de las bases en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y siempre con anterioridad al
inicio de las pruebas selectivas, por un equipo multiprofesional competente, conforme a los criterios establecidos en el artículo 12.3.a) del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, regulador de la Ley General de Derechos de las
Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Si no aporta el citado dictamen en tiempo y forma, el aspirante no será admitido a las pruebas selectivas.
e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente. Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en
las bases en la fecha de finalización de presentación de solicitudes y mantenerlos
durante todo el proceso selectivo.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
g) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
h) Estar en posesión de carné de conducir, como mínimo, de clase B, y disponer de
vehículo propio. Este requisito se considera esencial dado que se trata de puestos
de trabajos en una Mancomunidad de Municipios, con centros de trabajo distanciados entre sí por varios kilómetros, lo cual le obligará a realizar desplazamientos en la mayor brevedad de tiempo posible.
i) Haber presentado en tiempo y forma la solicitud de participación en el proceso selectivo.
i) Haber abonado las tasas correspondientes a derechos de examen si así se determina en las bases específicas de cada convocatoria.
En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión
de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del
interesado a las pruebas selectivas.
2.2. Los requisitos establecidos en la base anterior deberán poseerse en el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de incorporación como personal laboral.
3. Solicitudes de inscripción
3.1. Las instancias solicitando tomar parte en cada uno de los procesos selectivos, en
la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases específicas para la plaza que se opte, se realizarán conforme al modelo
publicado en la sede electrónica y se dirigirán a la Sra. Presidenta de la Mancomunidad de
Servicios Sierra Norte y se presentarán en el Registro de Entrada de esta entidad o bien me-
BOCM-20241030-95
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 259
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto
de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Estar en posesión o en condición de obtener en la fecha de finalización de plazo de
presentación de instancias la titulación que se establezca en las bases específicas
para cada plaza.
c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional adecuada para el desempeño de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales, serán admitidos en
condiciones de igualdad con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no
sean incompatibles con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
Quienes tengan algún tipo de discapacidad, deberán acreditar la aptitud necesaria
para el normal ejercicio de las funciones asignadas al puesto de trabajo ofertado,
mediante dictamen expedido con posterioridad a la publicación de las bases en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y siempre con anterioridad al
inicio de las pruebas selectivas, por un equipo multiprofesional competente, conforme a los criterios establecidos en el artículo 12.3.a) del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, regulador de la Ley General de Derechos de las
Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Si no aporta el citado dictamen en tiempo y forma, el aspirante no será admitido a las pruebas selectivas.
e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente. Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en
las bases en la fecha de finalización de presentación de solicitudes y mantenerlos
durante todo el proceso selectivo.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
g) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
h) Estar en posesión de carné de conducir, como mínimo, de clase B, y disponer de
vehículo propio. Este requisito se considera esencial dado que se trata de puestos
de trabajos en una Mancomunidad de Municipios, con centros de trabajo distanciados entre sí por varios kilómetros, lo cual le obligará a realizar desplazamientos en la mayor brevedad de tiempo posible.
i) Haber presentado en tiempo y forma la solicitud de participación en el proceso selectivo.
i) Haber abonado las tasas correspondientes a derechos de examen si así se determina en las bases específicas de cada convocatoria.
En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión
de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del
interesado a las pruebas selectivas.
2.2. Los requisitos establecidos en la base anterior deberán poseerse en el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de incorporación como personal laboral.
3. Solicitudes de inscripción
3.1. Las instancias solicitando tomar parte en cada uno de los procesos selectivos, en
la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases específicas para la plaza que se opte, se realizarán conforme al modelo
publicado en la sede electrónica y se dirigirán a la Sra. Presidenta de la Mancomunidad de
Servicios Sierra Norte y se presentarán en el Registro de Entrada de esta entidad o bien me-
BOCM-20241030-95
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID