Cubas de la Sagra (BOCM-20241029-58)
Urbanismo. Proyecto urbanización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 249
BOCM-20241029-58
— Conformidad al informe previsto en la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.
— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por
la Dirección General de Industria.
— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kW)
por la Dirección General de Industria.
— Hojas de encargo de las direcciones facultativas.
— Depósito del aval o fianza por la gestión de residuos de construcción-demolición.
— Proyecto de obras en base informática, que incluya las posibles modificaciones
con respecto a la aprobación inicial.
— Conformidad técnica al proyecto de abastecimiento de agua y al de saneamiento
por parte del Canal de Isabel II.
— Conformidad al informe previsto en la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.
— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por
la Dirección General de Industria.
— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kW)
por la Dirección General de Industria.
— Conformidad al proyecto de telecomunicaciones por el organismo competente y
compañía del sector.
— Contrato de suministro y conformidad del proyecto de instalación de red de gas de
compañía del sector.
— Aprobación del proyecto de suministro de gas por la Dirección General de Industria Energía y Minas.
— Plan de control de calidad de las obras por importe mínimo justificado de un 1 por
100 del coste de las obras de urbanización.
— Empresa responsable de las obras.
— Acta de replanteo.
Asimismo, y con carácter previo al inicio de las obras, se deberá constituir una garantía a favor del Municipio como mínimo del 10 por 100 del importe total previsto de las obras
de urbanización (artículo 108, apartado b, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid).
En el caso de solicitud de construcción simultánea a urbanización, el importe de la garantía será del 100 por 100 de los costes de las obras de urbanización (artículo 23, punto 1,
párrafo 3.o, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid).
Se establece una garantía para la correcta gestión de residuos de 20.332,20 euros, según medición aportada en el proyecto de urbanización.
La fecha de la firma del Acta de Replanteo deberá acordarse con los Servicios Técnicos Municipales.
Segundo.—Someter la aprobación inicial del proyecto de urbanización a un período de
información pública de veinte días mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Durante el período de información pública quedará el expediente a disposición de
cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes.
Tercero.—Notificar a los propietarios”.
En Cubas de la Sagra, a 18 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.
(02/16.984/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 258
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MARTES 29 DE OCTUBRE DE 2024
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— Conformidad al informe previsto en la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.
— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por
la Dirección General de Industria.
— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kW)
por la Dirección General de Industria.
— Hojas de encargo de las direcciones facultativas.
— Depósito del aval o fianza por la gestión de residuos de construcción-demolición.
— Proyecto de obras en base informática, que incluya las posibles modificaciones
con respecto a la aprobación inicial.
— Conformidad técnica al proyecto de abastecimiento de agua y al de saneamiento
por parte del Canal de Isabel II.
— Conformidad al informe previsto en la normativa reguladora de las infraestructuras de saneamiento.
— Aprobación del proyecto de suministro de energía eléctrica y transformadores por
la Dirección General de Industria.
— Aprobación del proyecto de alumbrado público (para potencias superiores a 5 kW)
por la Dirección General de Industria.
— Conformidad al proyecto de telecomunicaciones por el organismo competente y
compañía del sector.
— Contrato de suministro y conformidad del proyecto de instalación de red de gas de
compañía del sector.
— Aprobación del proyecto de suministro de gas por la Dirección General de Industria Energía y Minas.
— Plan de control de calidad de las obras por importe mínimo justificado de un 1 por
100 del coste de las obras de urbanización.
— Empresa responsable de las obras.
— Acta de replanteo.
Asimismo, y con carácter previo al inicio de las obras, se deberá constituir una garantía a favor del Municipio como mínimo del 10 por 100 del importe total previsto de las obras
de urbanización (artículo 108, apartado b, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid).
En el caso de solicitud de construcción simultánea a urbanización, el importe de la garantía será del 100 por 100 de los costes de las obras de urbanización (artículo 23, punto 1,
párrafo 3.o, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid).
Se establece una garantía para la correcta gestión de residuos de 20.332,20 euros, según medición aportada en el proyecto de urbanización.
La fecha de la firma del Acta de Replanteo deberá acordarse con los Servicios Técnicos Municipales.
Segundo.—Someter la aprobación inicial del proyecto de urbanización a un período de
información pública de veinte días mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Durante el período de información pública quedará el expediente a disposición de
cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes.
Tercero.—Notificar a los propietarios”.
En Cubas de la Sagra, a 18 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín.
(02/16.984/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791