Torres de la Alameda (BOCM-20241029-81)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 258
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
TORRES DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241029-81
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 25 de
octubre de 2024, acordó la aprobación inicial de las siguientes ordenanzas:
— Modificación de la vigente ordenanza fiscal número 1 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
— Modificación de la ordenanza fiscal número 2, del impuesto sobre vehículos de
tracción mecánica.
— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y
tratamiento de residuos.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día
siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y
presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, los textos de las ordenanzas estarán a disposición de los interesados en el portal web
del Ayuntamiento ( https://www.torresdelaalameda.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado los acuerdos de las aprobaciones provisionales, en base al artículo 17.3 del
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Torres de la Alameda, a 28 de octubre de 2024.—El secretario general del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, Pedro Vizuete Mendoza.
(03/17.516/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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81
TORRES DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 25 de
octubre de 2024, acordó la aprobación inicial de las siguientes ordenanzas:
— Modificación de la vigente ordenanza fiscal número 1 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
— Modificación de la ordenanza fiscal número 2, del impuesto sobre vehículos de
tracción mecánica.
— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y
tratamiento de residuos.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día
siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y
presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, los textos de las ordenanzas estarán a disposición de los interesados en el portal web
del Ayuntamiento ( https://www.torresdelaalameda.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado los acuerdos de las aprobaciones provisionales, en base al artículo 17.3 del
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Torres de la Alameda, a 28 de octubre de 2024.—El secretario general del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, Pedro Vizuete Mendoza.
(03/17.516/24)
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ISSN 1989-4791