Navalafuente (BOCM-20241029-73)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 273
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
NAVALAFUENTE
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241029-73
Aprobada en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 24 de octubre del 2024, la
modificación de las ordenanzas fiscales: artículo 9, apartado b), estableciendo el tipo de
gravamen en 0,53 por 100 para los bienes inmuebles de naturaleza urbana, se expone de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de Haciendas Locales a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el bocam, para que por los interesados pueda examinarse el
expediente y formular las reclamaciones que se consideren oportunas. En el supuesto de no
presentarse reclamaciones se entenderá definitivo el acuerdo provisional, entrando en vigor
con la publicación del texto íntegro de las modificaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público en Navalafuente, a 25 de octubre del 2024.—El alcalde, Javier
Rubio de Gregorio.
(03/17.459/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 273
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
NAVALAFUENTE
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241029-73
Aprobada en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 24 de octubre del 2024, la
modificación de las ordenanzas fiscales: artículo 9, apartado b), estableciendo el tipo de
gravamen en 0,53 por 100 para los bienes inmuebles de naturaleza urbana, se expone de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de Haciendas Locales a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el bocam, para que por los interesados pueda examinarse el
expediente y formular las reclamaciones que se consideren oportunas. En el supuesto de no
presentarse reclamaciones se entenderá definitivo el acuerdo provisional, entrando en vigor
con la publicación del texto íntegro de las modificaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público en Navalafuente, a 25 de octubre del 2024.—El alcalde, Javier
Rubio de Gregorio.
(03/17.459/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791