C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241028-15)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 24 de octubre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2024 para la realización del programa público de empleo-formación de la Comunidad de Madrid de Cualificación Profesional para personas jóvenes con baja cualificación
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 257

LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 69

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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EXTRACTO de la Orden de 24 de octubre de 2024, de la Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2024 para la
realización del programa público de empleo-formación de la Comunidad de
Madrid de Cualificación Profesional para personas jóvenes con baja cualificación.
BDNS: 793048

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que
se convocan subvenciones en el año 2024 para la realización del programa público de empleo-formación de la Comunidad de Madrid de Cualificación Profesional para personas jóvenes con baja cualificación, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el portal de Internet de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ).
Primero
Objeto
1. Convocar para el año 2024 subvenciones del programa público de empleo-formación
de la Comunidad de Madrid de Cualificación Profesional para personas jóvenes con baja
cualificación.
2. El programa tiene como finalidad la mejora de la ocupabilidad y la cualificación
profesional de los participantes en una ocupación del programa público de empleo-formación
de la Comunidad de Madrid de Cualificación Profesional para personas jóvenes con baja
cualificación, a través de la realización de un período de aprendizaje con la entidad beneficiaria de la subvención, en la ejecución de una obra o la prestación de un servicio en alternancia con la formación profesional para el empleo de certificado de profesionalidad y, en
su caso, formación de carácter transversal.
Además, durante su participación en el programa se promoverá la inserción del participante en el mercado de trabajo, por medio de la orientación para la búsqueda activa de
empleo, la prospección de ofertas de trabajo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora.
3. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a
la Seguridad Social y los costes de formación derivados de la contratación de las personas
desempleadas destinatarias del programa, así como los gastos salariales y de cotización a la
Seguridad Social del personal técnico.
Segundo
Beneficiarios

Tercero
Bases reguladoras
Orden 8 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que
se establecen las normas de procedimiento y las bases reguladoras de las subvenciones de
los programas públicos de empleo-formación de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 22 de mayo de 2023).

BOCM-20241028-15

Podrán acogerse a las ayudas de este programa las entidades públicas o privadas sin
ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que tengan sede en la Comunidad de
Madrid y acrediten los requisitos de experiencia de trabajo con el colectivo de personas jóvenes menores de 30 años y la capacidad técnica y de gestión exigida.