D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241028-32)
Convenio – Convenio de 14 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 111
cisa que permita utilizar cualquier medio electrónico que coadyuve a conseguir la máxima
eficacia y eficiencia en la difusión de los suelos disponibles y, en consecuencia, con la finalidad última de satisfacer el interés público que una oferta de suelo conlleva.
Por todo lo expuesto, las partes firmantes suscriben este convenio de colaboración con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del convenio establecer las condiciones y términos generales para
el aprovechamiento por parte del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva de las funcionalidades
del Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid, en orden a que a través del mismo se publicite la información de los suelos públicos disponibles gestionados por dicho Ayuntamiento.
Segunda
Obligaciones del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva
Con carácter general, el Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, asume las obligaciones siguientes:
a) Adherirse, a través del presente convenio, al uso del Portal del Suelo de la Comunidad de Madrid, como medio de publicidad de los suelos públicos vacantes y sin
perjuicio del uso de cualquier otro sistema electrónico municipal que ya venga utilizándose.
b) Poner a disposición de la Comunidad de Madrid, a través de la Subdirección General de Suelo, todos los datos de suelo disponible que se publicitarán en el Portal conforme a las especificaciones técnicas que se señalen en la Comisión de Seguimiento, todo ello mediante el correspondiente fichero del que se adjuntará su
oportuna certificación emitida según inventario.
c) Mantener actualizado el fichero que se cree a este fin, comunicando a la Subdirección General de Suelo cualquier alta o baja que se produzca en el plazo máximo
de diez días desde que se produzca la variación, por medio, igualmente, de la certificación oportuna que se expida al efecto.
d) Asignar los recursos necesarios para atender y resolver las consultas e incidencias
derivadas de la información que se publicita en el Portal, en orden a suministrar,
en el caso en que fuera preciso, una información especializada que el propio
Ayuntamiento, por el principio de celeridad y eficiencia, pudiera gestionar con
más precisión y rapidez.
Tercera
Son obligaciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
a) Poner a disposición del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva el Portal del Suelo de la Comunidad de Madrid como medio de difusión de sus suelos públicos vacantes.
b) Garantizar la continuidad de la prestación del servicio del Portal, asegurando la
disponibilidad, integridad y tratamiento de protección de datos que fuera preciso,
en su caso, todo ello dejando a salvo los casos de interrupción técnica, averías o
cualquier otra situación similar que justifique tal interrupción.
c) Asignar los recursos, humanos y materiales, necesarios para atender y resolver las
consultas e incidencias derivadas de la información que se publicita en el Portal,
mecanizando todos los datos según los ficheros facilitados por el Ayuntamiento.
d) Atender y resolver las consultas e incidencias derivadas de la información que se
publicita en el Portal, remitiendo al Ayuntamiento en caso en que fuera precisa
una información especializada.
La Comunidad de Madrid no incurrirá en responsabilidad por la posible información
no actualizada o errónea difundida, ya que la disponible en el Portal constituye un documento meramente informativo, que no vincula al anunciante, toda vez que no confiere al in-
BOCM-20241028-32
Obligaciones y responsabilidad de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior
B.O.C.M. Núm. 257
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LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
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cisa que permita utilizar cualquier medio electrónico que coadyuve a conseguir la máxima
eficacia y eficiencia en la difusión de los suelos disponibles y, en consecuencia, con la finalidad última de satisfacer el interés público que una oferta de suelo conlleva.
Por todo lo expuesto, las partes firmantes suscriben este convenio de colaboración con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del convenio establecer las condiciones y términos generales para
el aprovechamiento por parte del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva de las funcionalidades
del Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid, en orden a que a través del mismo se publicite la información de los suelos públicos disponibles gestionados por dicho Ayuntamiento.
Segunda
Obligaciones del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva
Con carácter general, el Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, asume las obligaciones siguientes:
a) Adherirse, a través del presente convenio, al uso del Portal del Suelo de la Comunidad de Madrid, como medio de publicidad de los suelos públicos vacantes y sin
perjuicio del uso de cualquier otro sistema electrónico municipal que ya venga utilizándose.
b) Poner a disposición de la Comunidad de Madrid, a través de la Subdirección General de Suelo, todos los datos de suelo disponible que se publicitarán en el Portal conforme a las especificaciones técnicas que se señalen en la Comisión de Seguimiento, todo ello mediante el correspondiente fichero del que se adjuntará su
oportuna certificación emitida según inventario.
c) Mantener actualizado el fichero que se cree a este fin, comunicando a la Subdirección General de Suelo cualquier alta o baja que se produzca en el plazo máximo
de diez días desde que se produzca la variación, por medio, igualmente, de la certificación oportuna que se expida al efecto.
d) Asignar los recursos necesarios para atender y resolver las consultas e incidencias
derivadas de la información que se publicita en el Portal, en orden a suministrar,
en el caso en que fuera preciso, una información especializada que el propio
Ayuntamiento, por el principio de celeridad y eficiencia, pudiera gestionar con
más precisión y rapidez.
Tercera
Son obligaciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
a) Poner a disposición del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva el Portal del Suelo de la Comunidad de Madrid como medio de difusión de sus suelos públicos vacantes.
b) Garantizar la continuidad de la prestación del servicio del Portal, asegurando la
disponibilidad, integridad y tratamiento de protección de datos que fuera preciso,
en su caso, todo ello dejando a salvo los casos de interrupción técnica, averías o
cualquier otra situación similar que justifique tal interrupción.
c) Asignar los recursos, humanos y materiales, necesarios para atender y resolver las
consultas e incidencias derivadas de la información que se publicita en el Portal,
mecanizando todos los datos según los ficheros facilitados por el Ayuntamiento.
d) Atender y resolver las consultas e incidencias derivadas de la información que se
publicita en el Portal, remitiendo al Ayuntamiento en caso en que fuera precisa
una información especializada.
La Comunidad de Madrid no incurrirá en responsabilidad por la posible información
no actualizada o errónea difundida, ya que la disponible en el Portal constituye un documento meramente informativo, que no vincula al anunciante, toda vez que no confiere al in-
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Agricultura e Interior