D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241026-7)
Convenio – Convenio interadministrativo de 2 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Patones, para la prevención y control del absentismo escolar
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 84
SÁBADO 26 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 256
blemente han de estar asociadas al ejercicio del derecho a la educación y al principio de
igualdad de oportunidades, garantizando la continuidad y regularización de la escolarización obligatoria a través de tres vías: prevención, detección e intervención.
Las acciones aquí planteadas se extienden desde aquellas que pueden ser adoptadas
por instancias educativas, hasta aquellas otras que requieren de la participación y colaboración de otras instituciones con las que el sistema educativo comparte la responsabilidad de
velar por los derechos de los menores.
OBJETIVOS DEL PROGRAMA MARCO DE PREVENCIÓN
Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR
General:
— Garantizar la asistencia regular del alumnado a los centros educativos, en las etapas de escolarización obligatoria, así como con carácter preventivo, en el segundo ciclo de Educación Infantil en centros sostenidos con fondos públicos.
Específicos:
— Contribuir al control efectivo de la asistencia a clase de todo el alumnado.
— Implicar a las familias en el seguimiento de la formación de sus hijos y en especial
de la asistencia regular a las actividades del centro educativo.
— Realizar una pronta detección del absentismo escolar en el período de escolarización obligatoria con objeto de prevenir posibles situaciones de abandono y de fracaso escolar.
— Realizar el seguimiento del alumnado con riesgo de absentismo debido a su problemática personal, familiar y/o social y especialmente en familias perceptoras de
prestación económica de renta mínima de inserción.
— Establecer procedimientos de colaboración y coordinación interinstitucional en
las actuaciones para detectar, prevenir o intervenir en el absentismo escolar, a través del Plan de Actuación Anual.
ACTUACIONES PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL
DEL ABSENTISMO ESCOLAR
Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que
deberán incluir aquellas que garanticen el control de la asistencia regular del alumnado a
los mismos.
1.1. Medidas preventivas: recogidas en el Proyecto Educativo del Centro (Programación General Anual, Plan de Acción Tutorial, Plan de Convivencia, Reglamento de Régimen Interior).
1.2. Medidas de detección y control: el centro educativo deberá reflejar en su Reglamento de Régimen Interior el procedimiento que se debe seguir para controlar las faltas de
asistencia y puntualidad de sus alumnos, así como las actuaciones que se realizarán con estos y sus familias.
1.3. Medidas de Intervención: cada centro educativo establecerá las medidas de intervención ajustadas a los casos de absentismo que se detecten.
1.4. Comisión de absentismo del centro: conforme a la cláusula tercera del convenio de
colaboración firmado entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Patones, en cada
centro educativo sostenido con fondos públicos, se constituirá una Comisión de absentismo.
Dicha Comisión dispondrá de autonomía para determinar aspectos de organización y
funcionamiento y tendrá los siguientes objetivos y funciones:
Objetivos:
— Promover medidas para la prevención e intervención dirigidas a los alumnos absentistas, que se recogerán en el Plan de Acción Tutorial y en el Plan de Convivencia del centro.
— Evaluar la situación de absentismo en el centro, sus causas y la eficacia de las medidas aplicadas en relación con el mismo.
BOCM-20241026-7
1. Actuaciones en los centros educativos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 84
SÁBADO 26 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 256
blemente han de estar asociadas al ejercicio del derecho a la educación y al principio de
igualdad de oportunidades, garantizando la continuidad y regularización de la escolarización obligatoria a través de tres vías: prevención, detección e intervención.
Las acciones aquí planteadas se extienden desde aquellas que pueden ser adoptadas
por instancias educativas, hasta aquellas otras que requieren de la participación y colaboración de otras instituciones con las que el sistema educativo comparte la responsabilidad de
velar por los derechos de los menores.
OBJETIVOS DEL PROGRAMA MARCO DE PREVENCIÓN
Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR
General:
— Garantizar la asistencia regular del alumnado a los centros educativos, en las etapas de escolarización obligatoria, así como con carácter preventivo, en el segundo ciclo de Educación Infantil en centros sostenidos con fondos públicos.
Específicos:
— Contribuir al control efectivo de la asistencia a clase de todo el alumnado.
— Implicar a las familias en el seguimiento de la formación de sus hijos y en especial
de la asistencia regular a las actividades del centro educativo.
— Realizar una pronta detección del absentismo escolar en el período de escolarización obligatoria con objeto de prevenir posibles situaciones de abandono y de fracaso escolar.
— Realizar el seguimiento del alumnado con riesgo de absentismo debido a su problemática personal, familiar y/o social y especialmente en familias perceptoras de
prestación económica de renta mínima de inserción.
— Establecer procedimientos de colaboración y coordinación interinstitucional en
las actuaciones para detectar, prevenir o intervenir en el absentismo escolar, a través del Plan de Actuación Anual.
ACTUACIONES PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL
DEL ABSENTISMO ESCOLAR
Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que
deberán incluir aquellas que garanticen el control de la asistencia regular del alumnado a
los mismos.
1.1. Medidas preventivas: recogidas en el Proyecto Educativo del Centro (Programación General Anual, Plan de Acción Tutorial, Plan de Convivencia, Reglamento de Régimen Interior).
1.2. Medidas de detección y control: el centro educativo deberá reflejar en su Reglamento de Régimen Interior el procedimiento que se debe seguir para controlar las faltas de
asistencia y puntualidad de sus alumnos, así como las actuaciones que se realizarán con estos y sus familias.
1.3. Medidas de Intervención: cada centro educativo establecerá las medidas de intervención ajustadas a los casos de absentismo que se detecten.
1.4. Comisión de absentismo del centro: conforme a la cláusula tercera del convenio de
colaboración firmado entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Patones, en cada
centro educativo sostenido con fondos públicos, se constituirá una Comisión de absentismo.
Dicha Comisión dispondrá de autonomía para determinar aspectos de organización y
funcionamiento y tendrá los siguientes objetivos y funciones:
Objetivos:
— Promover medidas para la prevención e intervención dirigidas a los alumnos absentistas, que se recogerán en el Plan de Acción Tutorial y en el Plan de Convivencia del centro.
— Evaluar la situación de absentismo en el centro, sus causas y la eficacia de las medidas aplicadas en relación con el mismo.
BOCM-20241026-7
1. Actuaciones en los centros educativos