D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241026-4)
Convenio –  Adenda de 9 de octubre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración de 10 de octubre de 2023 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Agencia de Colocación Agencia Local de Empleo y Formación de Getafe, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 256

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 39

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ADENDA de 9 de octubre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración
de 10 de octubre de 2023 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Agencia de Colocación Agencia
Local de Empleo y Formación de Getafe, para la información, orientación y
apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o
vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el
marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo,
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las
competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid,
Y, de otra parte, D. Roberto Fernández Melcón, actuando en su condición de Presidente del Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de
Getafe, con CIF P7800001E, y con domicilio en Getafe (Madrid), en la calle Díaz y Barcala, s/n y CP 28905; nombrado para este cargo en virtud del Decreto de la Alcaldesa de 30
de enero de 2024, y facultada para firmar el presente convenio en representación del mismo de acuerdo con lo establecido en las letras a) y e) del artículo 10 de los Estatutos, publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 7 de marzo de 2007.
Ambas partes intervienen en el ejercicio de las facultades que legalmente se confieren
a los cargos que desempeñan, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para
la formalización de la presente adenda de prórroga y a tal efecto,

I. Con fecha 10 de octubre de 2023 entró en vigor el convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la
Agencia de Colocación Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en la Comunidad de Madrid, con el
objetivo de impulsar los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales.
Los fines del procedimiento, son:
a) Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores desempleados y
ocupados para mejorar sus competencias profesionales y sus itinerarios de empleo
y formación, así como su desarrollo profesional y personal.
b) Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.
e) Promover que las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores, tanto a través de procesos formativos como de la experiencia laboral, sean objeto de
acreditación.
II. Que la cláusula octava del convenio contempla la posibilidad de prórroga del mismo por períodos anuales, mediante acuerdo de las partes que deberá formalizarse en la correspondiente adenda.

BOCM-20241026-4

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