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Delimitación monumento nacional –  Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, para la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección del templo de san Cayetano en Madrid, declarado Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional
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BOCM
Pág. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 254

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Oficina del Español, para la incoación del expediente de delimitación
del entorno de protección del templo de san Cayetano en Madrid, declarado Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional.

El artículo 18 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, dispone, en relación al procedimiento de declaración de Bienes de Interés Cultural y de Bienes de Interés Patrimonial, que el expediente se incoará siempre de oficio mediante resolución motivada del titular de la Dirección General competente en materia
de patrimonio cultural, por iniciativa propia, de otra Administración Pública o a petición de
cualquier persona física o jurídica.
Mediante Real Decreto 1155/1980, de 19 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 14
de junio de 1980), fue declarado Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional el
templo de San Cayetano en Madrid. En el expediente tramitado por el Ministerio de Cultura no consta delimitación de entorno de protección del monumento.
La vigente Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de
Madrid, en su disposición transitoria primera, establece que mediante Orden de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural se podrá definir el entorno de aquellos
Bienes inmuebles declarados de Interés Cultural o de Interés Patrimonial cuyo entorno no
hubiera sido establecido expresamente a la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
Considerando lo anterior, en base al informe elaborado por los servicios técnicos del
Área de Catalogación de Bienes Culturales, a efectos de permitir una adecuada percepción
y comprensión cultural del bien inmueble, tal y como se define en el artículo 13.1 de la citada Ley 8/2023 y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 7.2.b) del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 15 de octubre de 2021), y a lo dispuesto en el Decreto 88/2021,
de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 1 de julio de 2021),
RESUELVO

Segundo
Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en el tablón de anuncios
por el plazo de un mes, y que se solicite informe al respecto a la Real Academia de Bellas
Artes de San Fernando que, de conformidad con el artículo 20.3 de la Ley 8/2023, de 30 de
marzo, del Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, de no ser emitido en el plazo
de dos meses desde su petición, se entenderá en sentido favorable a la declaración.
Tercero
Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, a fin de que cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar
el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cul-

BOCM-20241024-41

Primero
Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección del templo de San Cayetano, en Madrid, declarado Monumento Histórico-Artístico de carácter nacional mediante
Real Decreto 1155/1980 de 19 de mayo, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” del 14
de junio de 1980, cuya justificación, descripción y definición gráfica figuran en el Anexo de
la presente Resolución.