B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241024-2)
Bases procesos selectivos –  Orden 2485/2024, de 1 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 254

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 13

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN 2485/2024, de 1 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se modifica la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se
aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se aprobaron las bases generales por las que se regirán las
convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la
Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 79, de 3 de abril).
La base decimoquinta, apartado 15.2, de la precitada Orden 913/2019, de 26 de marzo, recoge que, por las unidades responsables de personal de las consejerías, organismos o
entes de destino de las personas aspirantes seleccionadas, se procederá a la formalización
de los contratos con quienes hayan resultado adjudicatarios de la correspondiente convocatoria en el plazo de un mes, todo ello una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos
de participación por los aspirantes aprobados a la vista de la documentación presentada por
los mismos y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución de adjudicación de destinos.
Por ello, y al objeto de adaptarse a las circunstancias y necesidades de los centros gestores en los que finalmente prestará sus servicios el personal laboral que supere los procesos selectivos a los que se haya presentado, esta Consejería en el ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 2 bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 158, de 5 de julio), por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal y de acuerdo con lo
recogido en el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,

DISPONE
Primero

“15.2. Por parte de las unidades responsables de personal de las consejerías, organismos o entes de destino de las personas aspirantes seleccionadas, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos de trabajo con quienes hayan resultado adjudicatarios,
en el plazo establecido de forma expresa en la Resolución de la Dirección General competente en materia de Función Pública de adjudicación de destinos, debiendo dichas unidades dar
cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquéllos, a lo establecido en el artículo 13 del
Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la
Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
El período de prueba se exigirá en los términos dispuestos en el Convenio Colectivo
Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid vigente
en el momento de la formalización del contrato de trabajo recogido en el párrafo anterior”.

BOCM-20241024-2

Modificar el apartado 15.2 de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de
marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la
que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, que queda redactado en los siguientes términos: