Villarejo de Salvanés (BOCM-20241023-69)
Organización y funcionamiento. Programa gestión colonias felinas
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 253

ta que aparezca el dueño original o hasta que se le encuentre otro nuevo hogar, previa firma del contrato de Casa de Acogida gestionado a través del Ayuntamiento. Esta tarea será
llevada a cabo por el Ayuntamiento si dispusiera de un centro de acogida en el futuro.
El Ayuntamiento difundirá los gatos disponibles para adopción.
7. Esterilización
— El Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés se encargará de contratar a los/as veterinarios/as que realicen las esterilizaciones.
— Los/as voluntarios/as llevarán a los gatos a los centros contratados que el Ayuntamiento determine dentro del horario estipulado y previo conocimiento de el/la
veterinario/a.
— El/la voluntario/a será quien entregue el animal en el centro veterinario y deberá
acreditarse con su carnet de voluntario, rellenar y firmar el documento que le proporcione el/la veterinario/a.
No obstante, si el/la voluntario/a lo desea, podrá trasladar el animal a otro centro
veterinario no contratado por el Ayuntamiento, en este caso será el/la voluntario/a
el/la encargado/a del coste de la esterilización, debiendo comunicarle que el animal ha sido esterilizado mediante el Anexo V debidamente cumplimentado, firmado y sellado por el veterinario.
También deberá ser marcado como se indica a continuación:
• Marcaje de oreja izquierda en machos.
• Marcaje de oreja derecha en hembras.
— El/la voluntario/a responsable de la colonia del animal esterilizado será el encargado de vigilar su estado de salud durante el postoperatorio, en caso de observar
cualquier anomalía, deberá comunicarlo al concejal de Protección Animal.
— El/la voluntario/a se encargará del problema y gestionará el traslado del animal a
la clínica don- de se realizó la esterilización para su tratamiento. Igualmente, el/la
voluntario/a que traslade el animal al centro veterinario que fuere, deberá acreditarse con su carnet.
— Si por el motivo que fuere, el/la voluntario/a decide trasladar al animal a otro centro veterinario no contratado por el Ayuntamiento, todos los gastos ocasionados
correrán por su cuenta.
8. Desinfección de las colonias
— El Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés se encargará de contratar a una empresa
de desinfección para las colonias felinas, o realizarlo el mismo si dispone de los
medios. Esta desinfección se realizará como mínimo con carácter bianual pudiendo aumentar la frecuencia en los casos que sean necesarios.
— El Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés podrá tener un convenio con alguna clínica veterinaria o institución pública veterinaria, para el control de dermatofitos
(tiña) en las colonias felinas urbanas. Consistirá en la toma de muestras para cultivo de dermatofitos a los gatos de las colonias.
— Reubicación: Solo se podrá optar por la retirada de los gatos si existe una debida y
probada justificación, y siempre y cuando se cuente con un lugar para la reubicación que sea seguro y donde puedan ser adecuadamente cuidados.
— Obras: En situaciones en las que se conozca la existencia de una obra próxima en
una colonia felina se deberá avisar al Ayuntamiento para elaborar un procedimiento de actuación. Durante el tiempo que vayan a durar las obras se respetará en todo
momento el bienestar animal de los gatos urbanos. Para la elaboración de este protocolo se contará con el asesoramiento de técnicos especializados en la materia.
— Eutanasia: La decisión de eutanasia la tendrá en todo momento el/la técnico veterinario/a y siempre por bienestar animal. En el supuesto de que fallezca un gato de
la colonia, se procederá a la retirada del cadáver llamando al Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés. En caso de necesidad de realización de una necropsia a un
gato del proyecto CES por sospecha de intoxicación u otra causa cualquiera, existirá la posibilidad de llevarlo a cabo. El Ayuntamiento deberá ser conocedor de
cualquier necropsia realizada con el fin de conocer la causa de la muerte e intervenir si fuera necesario.

BOCM-20241023-69

9. Bienestar animal