Villarejo de Salvanés (BOCM-20241023-69)
Organización y funcionamiento. Programa gestión colonias felinas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 253

MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024

ESTADO DE LA COLONIA
Controlada

%
>90 %

CENSO
Disminución del censo

Estable

70 %-90 %

Censo estable

En vías de estabilización

50 %-70 %

Aumento controlado

Inicio del programa

1 %-50 %

Aumento descontrolado

0%

Aumento descontrolado

Sin control

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2. Plan de Actuación del Proyecto CES
2.1. Objetivos.
— Proteger y gestionar las colonias de gatos mediante la puesta en marcha del proyecto CES con el objetivo de la disminución progresiva del número de ejemplares por colonia.
— Crear un censo actualizado de gatos urbanos en el municipio de Villarejo de Salvanés.
— Corregir y minimizar las molestias que provocan las colonias a la ciudadanía.
— Aplicar programas tendentes a minimizar los sacrificios y abandonos de animales
de compañía.
— Idear un plan de adopciones de gatos sociables.
— Cumplir con el bienestar animal de las colonias felinas.
2.2. Ámbito de actuación.
Este protocolo se llevará a cabo en todas las colonias felinas urbanas del municipio de
Villarejo de Salvanés.
En ningún caso se atenderán gatos procedentes de particulares a no ser que vaguen perdidos, en cuyo caso se intentará, por todos los medios, encontrar a su propietario o buscarle adopción.

Requisitos para crear una nueva colonia felina.
Los requisitos generales para la autorización por parte del Ayuntamiento de Villarejo de
Salvanés para la creación de una nueva colonia felina gestionada por el método CES serán:
a) Los ciudadanos interesados en la autorización de una colonia felina deberán presentar en el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés la solicitud que se adjunta en
el Anexo II de este documento debidamente cumplimentada.
b) La solicitud incluirá los datos del solicitante y los colaboradores propuestos, la
ubicación de la colonia y su descripción en cuanto a número de animales.
c) El Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, a la vista de la solicitud formulada, o
bien de oficio, por denuncia o informe de los Servicios Municipales, analizará el
supuesto, visitará la ubicación y consultará lo que vea conveniente para decidir autorizarla.
d) Con carácter general las colonias podrán estar situadas en alguno de los siguientes
espacios:
— Vías y espacios públicos.
— Parques y zonas ajardinadas municipales.
— Solares y descampados de titularidad municipal.
— Cualquier localización de dominio público o privado. Cuando la localización
se ubique en un espacio privado será obligatoriamente necesaria la autorización expresa del propietario del terreno para las actuaciones a realizar en la
colonia, sin que pueda llevarse a cabo actuación alguna sin la mencionada
autorización que será presentada y conservada en el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés. El modelo para rellenar corresponde con el Anexo l.
e) Con los objetivos de salud pública y de protección animal, en ningún caso se autorizará la creación de una nueva colonia:
— En las instalaciones de colegios, institutos o centros docentes.
— En las instalaciones de centros sanitarios (centros de salud, hospitales y clínicas).
— En las instalaciones de centros deportivos.
— En parques infantiles.
— En zonas especialmente habilitadas para perros.

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3. Las colonias