C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241023-9)
Convocatoria subvenciones –  Orden de 11 de octubre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por la convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación de los agentes sociales para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 253

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 11 de octubre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por la convocatoria de subvenciones para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación de los agentes sociales
para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
ANTECEDENTES DE HECHO

Por Orden de 15 de noviembre de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, se aprueban las disposiciones generales para la concesión de subvenciones para
la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación de los agentes sociales
para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Para el año 2024 se han convocado subvenciones para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación de los agentes sociales para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad de Madrid por Orden de 4 de octubre de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo.
El artículo 10.7 de la Orden de 15 de noviembre de 2019 establece que cuando razones de interés público así lo aconsejen se podrá aplicar al procedimiento la tramitación de
urgencia, para lo cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento
ordinario, salvo los referidos a la presentación de solicitudes y de recursos, de conformidad
con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así mismo, por la disposición final primera de la misma orden se habilita a la persona
titular de la Dirección General competente en materia de formación para el empleo para dictar cuantos actos e instrucciones resulten necesarios para la aplicación de lo dispuesto en
esta Orden.
Habida cuenta de la necesidad de cumplir con los plazos legales del procedimiento
para la resolución de las solicitudes presentadas, así como para la disposición del gasto correspondiente; y a fin de asegurar la ejecución de los programas formativos objeto de la presentes ayudas, se constata que concurren razones de interés público que aconsejan resolver
con la máxima celeridad los expedientes administrativos de concesión de subvenciones públicas que se tramiten al amparo de la mencionadas convocatoria antes del cierre del presente ejercicio económico 2024.

El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando razones de interés público
lo aconsejen, se podrá acordar de oficio o a petición del interesado la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia.
En su virtud, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 230/2023,
de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo; correspondiendo a la titular de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo las competencias en materia de Empleo; y
quedando asignadas a la Dirección General de Formación la convocatoria y gestión de las
subvenciones y ayudas públicas en materia de formación profesional en el trabajo.

BOCM-20241023-9

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