D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241022-24)
Convenio –  Convenio de 2 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la Mancomunidad de Servicios de Valle Norte del Lozoya, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I” en los municipios de Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas de la Sierra, Canencia, Gascones, Horcajo de la Sierra-Aoslos, Navalafuente, Piñuecar-Gandullas, Robregordo, La Serna del Monte, Somosierra, Torrelaguna, Valdemanco y Villavieja del Lozoya, y se definen las obligaciones de la Mancomunidad de Servicios de Valle Norte del Lozoya como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 252

Adicionalmente, será de aplicación al convenio el régimen jurídico del Programa de
ayudas establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los
programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como la siguiente normativa reguladora
del PRTR MRR:
— Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
— Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Decisión de Ejecución
relativa a la aprobación de la Evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
— Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por la que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
— Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (“Diario Oficial de la Unión Europea” núm. 58, de 18 de febrero de 2021).
— Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1296/2013
(UE)1301/2013 (UE) 1303/2013 (UE) 1304/2013 (UE) 1309/2013 (UE)
1316/2013 (UE) 223/2014 y (UE) 283/2014 y la Decisión 541/2014/UE, y por el
que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) 966/2012.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de éste, de acuerdo con las previsiones
de los artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
El presente convenio no implica la cesión de la titularidad de las competencias ni de
los elementos sustantivos de su ejercicio por parte de la Consejería con competencia en materia de vivienda, ni renuncia a sus facultades, siendo responsabilidad de ésta dictar cuantos actos o resoluciones administrativas sean precisos para dar soporte a las actuaciones objeto del Convenio.
Vigesimoséptima
La Mancomunidad de Servicios de Valle Norte del Lozoya cumplirá con las obligaciones de publicidad y difusión establecidas en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021 y
deberá adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las actuaciones financiadas (banners en webs, aplicaciones informáticas, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, anuncio e inserciones en prensa,
certificados, etc.), incluyendo los siguientes logos:
a) Emblema de la Unión Europea que incluirá el texto: “Financiado por la Unión
Europea-Next Generation UE”. Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados que podrán consultarse en la web:
http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm
b) Logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de
España, y una referencia a la gestión del Ministerio de Transportes, Movilidad y

BOCM-20241022-24

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