D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241022-42)
Convenio –  Convenio de 2 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, para el desarrollo de los Proyectos “Prescripción al Ejercicio para Atención Primaria. San Sebastián de los Reyes” y “Receta Deportiva: Prescripción Oncológica. San Sebastián de los Reyes” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 252

Los talleres serán cuatrimestrales, de forma que el primero comenzará el 1 octubre
de 2024, y el segundo el 1 de febrero de 2025.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los proyectos, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 19.793,22 euros, correspondiendo la cantidad de 10.130,94 euros al Proyecto “Prescripción al Ejercicio para
Atención Primaria. San Sebastián de los Reyes” y la cantidad de 9.662,28 euros al
Proyecto “Receta Deportiva: Prescripción Oncológica. San Sebastián de los Reyes”; todo ello de acuerdo con la evaluación de los proyectos, y los porcentajes
máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 33,50 % del total del coste ajustado del Proyecto “Prescripción al Ejercicio para Atención Primaria. San Sebastián de los Reyes”, cuya estimación
asciende a 30.240 euros y el 27,20 % del total del coste ajustado del proyecto “Receta Deportiva: Prescripción Oncológica. San Sebastián de los Reyes”, cuya estimación asciende a 35.520 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de
las actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el periodo previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
b) Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
c) Difundir y promocionar a nivel autonómico los Proyectos.
d) Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
e) Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo de los Proyectos.
Tercera
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, el Ayuntamiento se obliga a:
a) Ejecutar los Proyectos en el término municipal, durante el periodo de tiempo comprendido entre los meses de octubre de 2024 a junio de 2025, y conforme a la planificación y temporalización presentada.
b) Designar un responsable de los Proyectos y comunicar sus datos a la Dirección
General de Deportes.
c) Asumir la gestión administrativa y la responsabilidad de los Proyectos.
d) Asumir la gestión técnica y la coordinación de recursos.
e) Llevar a cabo la difusión de los Proyectos en el ámbito local de desarrollo.
f) Realizar un seguimiento de las actividades, a través del responsable de los Proyectos.
g) Facilitar los datos requeridos por la unidad técnica de la Comunidad de Madrid
para el seguimiento y promoción de los Proyectos a nivel autonómico.

BOCM-20241022-42

Obligaciones del Ayuntamiento