D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241022-40)
Convenio – Convenio de 1 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Deportes de Invierno, para el desarrollo del Programa de Promoción de los Deportes de Nieve y Hielo (Madrid Blanco) y el Programa Madrid Comunidad Inclusiva 2024-2025
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 257
nal y comunicación entre las partes, que sus datos personales serán tratados en los siguientes términos:
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte: La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a
la actividad de tratamiento denominada “convenios administrativos”, cuyo Responsable es la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y cuya finalidad es “Tramitación, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos,
entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado, dentro del ámbito competencial de la Dirección General”. Pueden ejercer los
derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del
tratamiento, dirigiendo una solicitud por Registro al Responsable del tratamiento, teniendo a su disposición el formulario https://tramita.comunidad.madrid/prestacionsocial/ejercicio-derechos-proteccion-datos . Disponen de información complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Federación: La gestión de
datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada “convenios entidades públicas o privadas” cuyo responsable es la
Federación Madrileña de Deportes de Invierno y cuya finalidad es la tramitación,
gestión, ejecución y seguimiento de los convenios suscritos con entidades de carácter público o privado. Los datos proporcionados se conservarán mientras se
mantenga la relación con el interesado o durante los años necesarios para cumplir
con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos
que existe una obligación legal o para el desarrollo de las propias actividades de
la Federación. Puede ejercitar sus derechos dirigiéndose al Responsable del tratamiento en el correo electrónico: administración@fdmi.es o bien a través del siguiente enlace: https://fmdi.es/
Décima
El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del referido cuerpo
legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en el artículo 21.3.d) de la
Ley 15/1994, de 28 de diciembre, estando la actividad a desarrollar dentro de las que establece el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, y actuando conforme lo establecido en el artículo 33.2 de la citada Ley 15/1994, de 28 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes a un solo efecto y en el lugar y
fecha indicados.
Madrid, a 1 de octubre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Luis Fernando Martín
Izquierdo.—Por la Federación Madrileña de Deportes de Invierno, Eduardo Calvo Cabello.
(03/15.948/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241022-40
Régimen jurídico y jurisdicción
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 257
nal y comunicación entre las partes, que sus datos personales serán tratados en los siguientes términos:
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte: La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a
la actividad de tratamiento denominada “convenios administrativos”, cuyo Responsable es la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y cuya finalidad es “Tramitación, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos,
entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado, dentro del ámbito competencial de la Dirección General”. Pueden ejercer los
derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del
tratamiento, dirigiendo una solicitud por Registro al Responsable del tratamiento, teniendo a su disposición el formulario https://tramita.comunidad.madrid/prestacionsocial/ejercicio-derechos-proteccion-datos . Disponen de información complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Federación: La gestión de
datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada “convenios entidades públicas o privadas” cuyo responsable es la
Federación Madrileña de Deportes de Invierno y cuya finalidad es la tramitación,
gestión, ejecución y seguimiento de los convenios suscritos con entidades de carácter público o privado. Los datos proporcionados se conservarán mientras se
mantenga la relación con el interesado o durante los años necesarios para cumplir
con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos
que existe una obligación legal o para el desarrollo de las propias actividades de
la Federación. Puede ejercitar sus derechos dirigiéndose al Responsable del tratamiento en el correo electrónico: administración@fdmi.es o bien a través del siguiente enlace: https://fmdi.es/
Décima
El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del referido cuerpo
legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en el artículo 21.3.d) de la
Ley 15/1994, de 28 de diciembre, estando la actividad a desarrollar dentro de las que establece el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, y actuando conforme lo establecido en el artículo 33.2 de la citada Ley 15/1994, de 28 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes a un solo efecto y en el lugar y
fecha indicados.
Madrid, a 1 de octubre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Luis Fernando Martín
Izquierdo.—Por la Federación Madrileña de Deportes de Invierno, Eduardo Calvo Cabello.
(03/15.948/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241022-40
Régimen jurídico y jurisdicción