Valdeolmos-Alalpardo (BOCM-20241021-71)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 332
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 251
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241021-71
Por acuerdo del Pleno, de 17 de octubre de 2024, se aprobó provisionalmente el expediente de “Modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del
servicio de recogida de residuos sólidos urbano”. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público, en el
tablón de anuncios de la entidad, quedando el expediente completo en la Secretaría municipal, y abriéndose un plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
durante el cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. El acuerdo provisional se entenderá elevado a definitivo si
no hubiera reclamación alguna.
En Alalpardo, a 18 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel A. Medranda
Rivas.
(03/16.950/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 332
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VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
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Por acuerdo del Pleno, de 17 de octubre de 2024, se aprobó provisionalmente el expediente de “Modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del
servicio de recogida de residuos sólidos urbano”. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público, en el
tablón de anuncios de la entidad, quedando el expediente completo en la Secretaría municipal, y abriéndose un plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
durante el cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. El acuerdo provisional se entenderá elevado a definitivo si
no hubiera reclamación alguna.
En Alalpardo, a 18 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel A. Medranda
Rivas.
(03/16.950/24)
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