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Convenio – Convenio interadministrativo de 30 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torres de la Alameda para la prevención y control del absentismo escolar
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BOCM
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 251
Miembros coyunturales:
— Directores, Jefes de Estudios, Orientadores de los centros educativos sostenidos
con fondos públicos.
— Representantes de otros Servicios Municipales.
— Policía Municipal.
— Representante de los Centros de Salud (CMS).
— Representantes de las entidades públicas o privadas sin fines de lucro que desarrollen, en el ámbito del municipio, programas de apoyo y seguimiento escolar u otro
tipo de intervención socio-educativa.
Para la coordinación y supervisión de las actuaciones previstas en los convenios suscritos con cada Ayuntamiento, se establecerá una Comisión de seguimiento para cada uno
de los municipios.
La composición y funciones de la citada comisión se recogen en cada convenio.
Evaluación:
— Datos estadísticos elaborados por los centros.
— Datos de las Mesas Locales de Absentismo e informe elaborado por cada una de
ellas y trasladado a la Dirección de Área Territorial correspondiente.
— Memoria de actuaciones elaborada por las Direcciones de Área Territorial. Una
copia de la misma se enviará a la Dirección General de Educación Secundaria,
Formación Profesional y Régimen Especial.
Legislación:
— Ámbito estatal:
• Constitución Española de 1978.
• Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación
(LODE).
• Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ámbito autonómico:
• Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la
Adolescencia en la Comunidad de Madrid.
• Orden 2069/2020, de 10 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se establecen las condiciones de suscripción aplicables a los convenios interadministrativos celebrados con las Corporaciones Locales para el
desarrollo de programas de prevención y control del absentismo del alumnado
comprendido entre 6 y 16 años de edad, escolarizados en centros docentes sostenidos con Fondos Públicos de la Comunidad de Madrid.
• Resolución de 21 de julio de 2006, de la Viceconsejería de Educación, por la
que se dictan instrucciones para la organización de las actuaciones de compensación educativa en el ámbito de la enseñanza básica en los centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, con las modificaciones introducidas por la Resolución de 10 de julio de 2008 y la Resolución
de 26 de marzo de 2012, de la Viceconsejería de Educación.
• Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 60/2020, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno.
— Ámbito municipal:
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
• Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
(03/16.121/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241021-31
3. Actuaciones para el seguimiento del convenio
Pág. 264
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LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 251
Miembros coyunturales:
— Directores, Jefes de Estudios, Orientadores de los centros educativos sostenidos
con fondos públicos.
— Representantes de otros Servicios Municipales.
— Policía Municipal.
— Representante de los Centros de Salud (CMS).
— Representantes de las entidades públicas o privadas sin fines de lucro que desarrollen, en el ámbito del municipio, programas de apoyo y seguimiento escolar u otro
tipo de intervención socio-educativa.
Para la coordinación y supervisión de las actuaciones previstas en los convenios suscritos con cada Ayuntamiento, se establecerá una Comisión de seguimiento para cada uno
de los municipios.
La composición y funciones de la citada comisión se recogen en cada convenio.
Evaluación:
— Datos estadísticos elaborados por los centros.
— Datos de las Mesas Locales de Absentismo e informe elaborado por cada una de
ellas y trasladado a la Dirección de Área Territorial correspondiente.
— Memoria de actuaciones elaborada por las Direcciones de Área Territorial. Una
copia de la misma se enviará a la Dirección General de Educación Secundaria,
Formación Profesional y Régimen Especial.
Legislación:
— Ámbito estatal:
• Constitución Española de 1978.
• Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación
(LODE).
• Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Ámbito autonómico:
• Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la
Adolescencia en la Comunidad de Madrid.
• Orden 2069/2020, de 10 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se establecen las condiciones de suscripción aplicables a los convenios interadministrativos celebrados con las Corporaciones Locales para el
desarrollo de programas de prevención y control del absentismo del alumnado
comprendido entre 6 y 16 años de edad, escolarizados en centros docentes sostenidos con Fondos Públicos de la Comunidad de Madrid.
• Resolución de 21 de julio de 2006, de la Viceconsejería de Educación, por la
que se dictan instrucciones para la organización de las actuaciones de compensación educativa en el ámbito de la enseñanza básica en los centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, con las modificaciones introducidas por la Resolución de 10 de julio de 2008 y la Resolución
de 26 de marzo de 2012, de la Viceconsejería de Educación.
• Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 60/2020, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno.
— Ámbito municipal:
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
• Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
(03/16.121/24)
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3. Actuaciones para el seguimiento del convenio