D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241019-17)
Convenio –  Convenio de 20 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, para el desarrollo del Proyecto “Punto activo del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE OCTUBRE DE 2024

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XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023,
de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el
Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la
que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Punto activo del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares”.
El objetivo del proyecto es que los vecinos de nuestro municipio participen en actividades deportivas para beneficio de su salud y bienestar físico, psíquico, social y emocional.
Las actividades irán dirigidas principalmente a toda la población mayor de dieciséis
años, con el objetivo de crear hábitos saludables, incorporando la actividad física como parte de su rutina diaria.
Las actividades que se llevarán a cabo son:
— Puntos activos con actividades dirigidas hacia la iniciación de la práctica de ejercicio físico que se van a denominar D+D y D+D Plus, las cuales están enfocadas al
público mayor de sesenta y cinco años.
— Talleres de Fuerza: destinados a mayores de cincuenta años, y con una periodicidad de una sesión al mes de tres horas de duración.
— Talleres de Ritmos Latinos: dirigidos a mayores de dieciséis años, que incluirá una
sesión mensual de hora y media. Cada taller estará destinado a la práctica y el conocimiento de un baile concreto.
— Rutas y senderismo por la Naturaleza: para adultos y mayores de sesenta y cinco
años. Se hará una salida al trimestre.
El período de ejecución del programa será del 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 4.897,32 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 35,37 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 13.844,40 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo,
con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del
Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y
suficiente.

BOCM-20241019-17

Obligaciones de la Comunidad de Madrid