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Convenio –  Convenio de 11 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Rascafría, para el desarrollo del Proyecto “Receta Deportiva Rascafría” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 250

XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Rascafría (en adelante, el Ayuntamiento) para el
desarrollo del Proyecto “Receta Deportiva Rascafría” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos
de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Receta Deportiva Rascafría”.
El Ayuntamiento de Rascafría viene desarrollando diferentes actividades deportivas
para toda la población en general, y con la puesta en marcha del gimnasio municipal, se ha
ampliado la oferta deportiva.
El objetivo del proyecto será realizar un programa completo en coordinación con el
Centro de Salud del municipio, para recetar ejercicio físico partiendo de un diagnóstico, y
elaborar un cuadro de recomendaciones mediante un profesional deportivo, atendiendo al
desarrollo del proyecto.
El proyecto incluye las siguientes actividades para los dos grupos de población a los
que va dirigido:
a) Actividades deportivas para niños y adolescentes:
— Actividades con aparatos del gimnasio: para adolescentes de entre 14 a 17 años,
con una sesión semanal.
— Rutas en bicicleta: para público de 8 a 17 años. Las rutas se diseñarán adaptándolas a las características del grupo y las edades de los participantes.
— Rutas de senderismo: para público de 8 a 17 años. Al igual que en las anteriores, se adaptarán a las características de las personas que las vayan a realizar.
— Escuela de frontón: de 8 a 17 años. La escuela de frontón supondría la recuperación del deporte en la calle, para que luego puedan practicarlo de forma independiente.
b) Actividades deportivas para adultos:
— Gimnasia de mantenimiento y gimnasia suave. Esta última estará orientada a
los más mayores.
— Aparatos. Sus objetivos son enseñar su funcionamiento y uso correcto, y motivar a los adultos para que lo puedan practicar de forma autónoma.
— Paseos saludables. Se dirige al acompañamiento y proposición para realizar
paseos, y que se logre crear un grupo independiente que realice esta actividad
física casi a diario.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 7.898,80 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 59,30% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 13.320 euros.

BOCM-20241019-12

Obligaciones de la Comunidad de Madrid