D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241019-10)
Convenio –  Convenio de 10 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, para el desarrollo de los proyectos “Talamanca es salud” y “Talamanca se mueve” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE OCTUBRE DE 2024

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Además, se harán tres rutas guiadas que a su vez servirán de encuentros con otros municipios de la Comunidad de Madrid, preferentemente para personas de más de 50 años.
Asimismo, se realizará una salida cada trimestre. Las zonas elegidas serán las de Patones,
Montejo de la Sierra y La Cabrera.
Asimismo, se van a realizar, tres talleres puntuales orientados a las siguientes temáticas:
— Taller de mecánica básica para bicicletas: en el mes de octubre, y previo al inicio
de las rutas de cicloturismo.
— Taller de guiado de ciegos, para personas con movilidad reducida y uso de silla
joelette en el medio natural: con este taller se pretende fomentar la participación
conjunta en estas actividades, de personas con y sin discapacidad.
— Taller raquetas de nieve: se hará en una salida al Puerto de Navacerrada.
La duración del proyecto será de nueve meses, de octubre de 2024 a junio de 2025.

Tercera
Obligaciones del Ayuntamiento
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, el Ayuntamiento se obliga a:
a) Ejecutar los Proyectos en el término municipal, durante el período de tiempo comprendido entre los meses de octubre de 2024 a junio de 2025, y conforme a la planificación y temporalización presentada.
b) Designar un responsable de los Proyectos y comunicar sus datos a la Dirección
General de Deportes.

BOCM-20241019-10

Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los proyectos, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 18.767,52 euros, correspondiendo la cantidad de 9.575,82 euros al Proyecto “Talamanca es salud” y la cantidad de 9.191,70 euros al Proyecto “Talamanca se mueve”; todo ello de acuerdo
con la evaluación de los proyectos, y los porcentajes máximos contemplados en la
orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 71,78 por 100 del
total del coste ajustado del Proyecto “Talamanca es salud”, cuya estimación asciende a 13.340,00 euros y el 90,00 por 100 del total del coste ajustado del proyecto “Talamanca se mueve”, cuya estimación asciende a 10.213,00 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de
las actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
b) Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los Proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
c) Difundir y promocionar a nivel autonómico los Proyectos.
d) Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
e) Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo de los Proyectos.