D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241019-9)
Convenio –  Convenio de 10 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Puebla de la Sierra, para el desarrollo del Proyecto “Puebla T-Mueve II” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE OCTUBRE DE 2024

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XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Puebla de la Sierra (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Puebla T-Mueve II” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura
Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Puebla T-Mueve II”.
Mediante el proyecto titulado “Puebla T-Mueve II”, se persigue dotar de mayor dinamización a la agenda cultural, deportiva y social del municipio, fomentando el encuentro
entre ciudadanos en un entorno sano, y que sirva para desarrollar habilidades y aptitudes
deportivas para el mantenimiento de la salud.
Con el desarrollo del presente proyecto se pretende evitar el sedentarismo, favorecer
la actividad física y, complementariamente, ayudar a sociabilizar en entornos tan aislados
como el de Puebla de la Sierra.
Se pretende que con las actividades proyectadas los habitantes del municipio, además
de generar una rutina ligada a la actividad física, lleguen a aumentar su capacidad de atención, concentración y escucha, fomentando, a la par, el control de las emociones.
A estos efectos, el proyecto se despliega sobre dos ejes principales de actuación: el yoga
y el pilates, siguiéndose el antecedente de este mismo proyecto para el curso 2023-2024.
Puesto que las propuestas son actividades físicas que no requieren de un gran esfuerzo,
tanto jóvenes como mayores pueden ser destinatarios del programa. Como muestra, en la primera edición de “Puebla T-Mueve” las clases de yoga se desarrollaron en dos turnos con intensidades diferentes, una pensada para personas mayores y otra para adultos y jóvenes.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 4.030 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 65,54 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 6.149,20 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.

BOCM-20241019-9

Obligaciones de la Comunidad de Madrid