D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241018-49)
Vías pecuarias –  Resolución de 7 de octubre de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda del Barco Viejo, tramo 1, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para llevar a cabo la ejecución de una acometida de agua en la calle del Pilar, número 26, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 249

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
49

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2024, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda del Barco
Viejo, tramo 1, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para llevar
a cabo la ejecución de una acometida de agua en la calle del Pilar, número 26,
actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.

Examinado el expediente 0671/24 de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda del
Barco Viejo, tramo 1, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, se desprenden
los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/660655.9/24, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud de
autorización de ocupación de la vía pecuaria Vereda del Barco Viejo, tramo 1, en el término
municipal de Fuente el Saz de Jarama, para llevar a cabo la ejecución de una acometida de agua
en la calle del Pilar, número 26, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al
trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
RESUELVE
Primero

Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia

BOCM-20241018-49

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0671/24, de referencia.