Alcorcón (BOCM-20241018-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 249

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE OCTUBRE DE 2024

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La composición de la Comisión de Valoración estará compuesta por un/a Presidente/a,
un/a Secretario/a y dos Vocales, todos con voz y voto, así como una persona suplente por
cada una de ellas, todos ellos/as con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.
La designación de sus miembros se llevará a efecto mediante Resolución, pudiendo
aprovecharse para ello las resoluciones que aprueben las listas provisionales o definitivas.
En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento en
el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales
que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario/a de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/99 de la Consejería de Hacienda y al punto 7.o de la Orden 1175/1988 de
la Consejería de Hacienda.

El sistema de selección será el de concurso específico de méritos, y se valorarán los siguientes méritos:
9.1. Méritos generales:
A) Antigüedad en la Administración Pública: Hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la antigüedad en las administraciones públicas como empleado/a público/a, con independencia del Cuerpo o Escala, Grupo o Subgrupo en que se haya
reconocido, a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios, incluyendo en
el cómputo el período mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para concursar.
A los efectos de este apartado, será tenida en cuenta la antigüedad reconocida por
la totalidad de servicios previos no simultáneos desempeñados, en su caso, al
servicio de cualesquiera Administraciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y normativa de desarrollo.
B) Valoración de desempeño de Puestos de trabajo: Hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo como Técnico/a dentro del subgrupo A1
con tareas directamente relacionadas con Medio Ambiente: 1 punto por año
completo trabajado o fracción superior a 6 meses hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo como Técnico/a dentro del subgrupo
A1 con tareas vinculadas a departamentos o servicios distintos de Medio Ambiente: 0,25 punto por año completo trabajado o fracción superior a 6 meses
hasta un máximo de 8 puntos.
C) Grado personal: hasta un máximo de 2 puntos.
La posesión del grado personal se valorará de la siguiente forma:
— 2 puntos por la posesión de un grado personal superior al del nivel del puesto
de trabajo convocado.
— 1 punto por la posesión de un grado personal igual al del nivel del puesto de
trabajo convocado.
D) Formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 6 puntos.
Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento se otorgará un
máximo de 6 puntos: se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada y
relacionada con el puesto, de trabajo convocado (se incluyen cursos relacionados
con el medio ambiente, labores de jefatura, gestión, organización del trabajo y de
las personas así como todas aquellas de interés en el ámbito de la administración
que puedan ser de utilidad en el desempeño del puesto de trabajo: procedimiento
administrativo, contratación, legislación, subvenciones, etc.) siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre de la persona, fecha de expedición y duración del mismo.
— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o
superior a 20 horas.
— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa
que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona deberá aportar el
programa formativo.

BOCM-20241018-62

9. Sistema de selección y calificación