B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241018-1)
Cese y nombramiento –  Acuerdo de 16 de octubre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se cesa a don Juan Luis Regaliza García-Mazo y se nombra, en su sustitución, a don Francisco Curto Iglesias, como vocal del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid y de su Comisión Permanente, a propuesta de la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE, en representación de las organizaciones empresariales
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 249

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ACUERDO de 16 de octubre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
cesa a don Juan Luis Regaliza García-Mazo y se nombra, en su sustitución, a don
Francisco Curto Iglesias, como vocal del Consejo de Formación Profesional de
la Comunidad de Madrid y de su Comisión Permanente, a propuesta de la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE, en representación de las organizaciones empresariales.

El Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, creado y regulado
por Decreto 35/2001, de 8 de marzo, es el órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno en materia de formación profesional, con participación de las organizaciones empresariales y sindicales.
Este consejo se encuentra adscrito, de forma alterna y por períodos anuales, a las consejerías competentes en materia de educación y en materia de empleo.
El artículo 4 del citado decreto, regula la composición del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, y dispone que todos los miembros que ocupen las vocalías, tanto titulares como suplentes, serán nombrados y separados por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de conformidad con las propuestas de las consejerías con competencia en
materia de educación y empleo, de las organizaciones empresariales y sindicales de carácter intersectorial más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid y de la Federación de Municipios de Madrid.
El apartado 5, del referido artículo 4, señala, además, que cada cuatro años se producirá la renovación de los miembros que componen el consejo, teniendo en cuenta para ello
las modificaciones que se hubieran producido en cuanto a la representatividad en las organizaciones empresariales y sindicales en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
No obstante lo anterior, los vocales del consejo perderán tal condición por decisión del
órgano de la administración que los propuso, por acuerdo del órgano decisorio competente
de la organización cuya representación ostentan, o por cualquier otra causa establecida en
el ordenamiento jurídico. Dicha circunstancia se comunicará por escrito a la Secretaría del
Consejo, que tramitará la propuesta de separación al Consejo de Gobierno y, en su caso, la
del nombramiento de quien ocupe la baja producida.
Por su parte, el artículo 7 de la misma norma contempla la composición de la Comisión
Permanente y prevé que los miembros de la misma serán designados por el Consejo de Gobierno, a propuesta de las consejerías con competencias en materia de educación y empleo en
el caso de los representantes de la administración, y a propuesta de las respectivas organizaciones, en el caso de los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales.
En ese marco, por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2024, se cesó y
nombró a vocales del Consejo de Formación Profesional y de su Comisión Permanente.
Posteriormente, se han recibido sendos escritos de fecha 1 de octubre de 2024, de la
Confederación Empresarial de Madrid-CEOE, en los que se propone la sustitución tanto en
el Pleno como en la Comisión Permanente del Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, respectivamente, de don Juan Luis Regaliza García-Mazo, vocal titular designado en representación de las organizaciones empresariales, así como el nombramiento, en su sustitución, de don Francisco Curto Iglesias.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 7 del Decreto 35/2001,
de 8 de marzo, por el que se crea y regula el Consejo de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, a iniciativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, el Consejo de Gobierno previa deliberación en su
reunión del día 16 de octubre de 2024,

BOCM-20241018-1

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