C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20241017-19)
Encomienda de gestión –  Anuncio de prórroga de 9 de octubre de 2024, de la encomienda de gestión de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en materia de prevención de riesgos laborales
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 248

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 147

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
19

ANUNCIO de prórroga de 9 de octubre de 2024, de la encomienda de gestión
de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, a la Dirección General de Función
Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en materia de prevención de riesgos laborales.

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Pablo Cristóbal Mayoral, Director General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
De otra parte, la Ilma. Sra. D.a M.a José Esteban Raposo, Directora General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
EXPONEN

ACUERDAN
Primero
Objeto
Prorrogar la encomienda de gestión de 11 de octubre de 2023 de la Dirección General
de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a la Dirección Ge-

BOCM-20241017-19

El artículo tercero del Decreto 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112, en el artículo 3.p) atribuye a la Dirección General de Emergencias la competencia de la planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención
de riesgos laborales del personal al servicio del Cuerpo de Bomberos y del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias que sobre la
materia pudieran corresponder a otros órganos.
Por otra parte, la Dirección General de Función Pública dispone de una División de
Prevención de Riesgos Laborales, órgano técnico asesor en materia de prevención de riesgos laborales de la Administración de la Comunidad de Madrid, que dispone de personal
técnico, sanitario y administrativo para realizar determinadas actividades en materia de prevención de riesgos laborales además de un contrato de servicios, como unidad promotora
del mismo, en materia de reconocimientos médicos.
Careciendo las unidades administrativas de la Dirección General de Emergencias de
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de personal suficiente para gestionar el
conjunto de las funciones que tiene atribuidas por razón de la materia, en prevención de
riesgos laborales, y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y
eficacia en la gestión, las partes, en nombre de los órganos que representan y al amparo de
lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, se acordó con fecha 11 de octubre de 2023, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 249 de 19 de octubre de 2023), Encomienda de Gestión de
la Dirección General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo en materia de prevención de riesgos laborales.
Dado que se mantiene la concurrencia de las circunstancias previstas, en atención a la
finalización del plazo de encomienda acordado y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y eficacia en la gestión, las partes, en nombre de los órganos
que representan, al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y de conformidad con el apartado cuarto de la encomienda de 11 de octubre del 2023,