Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Vega del Guadalix (BOCM-20241016-77)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 247
MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 277
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
77
MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS
SOCIALES VEGA DEL GUADALIX
RÉGIMEN ECONÓMICO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se
publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPÍTULO
CRÉDITOS
INICIALES
DESCRIPCIÓN
INCORPORACIÓN
DE CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
130
Personal laboral
321.234,72
10.515,91
331.750,63
227
Trabajos realizados por empresas
354.992,42
15.000
369.992,42
622
Inversiones
84.489,44
5.000
89.489,44
TOTAL
30.515,91
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CAPÍTULO
870
DESCRIPCIÓN
Remanente de tesorería incorporable
TOTAL
CRÉDITOS
INICIALES
INCORPORACIÓN
DE CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
0,00
30.515,91
30.515,91
30.515,91
BOCM-20241016-77
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a
contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
En El Molar, a 7 de octubre de 2024.—El presidente, Borja Díaz de la Morena.
(03/16.252/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 247
MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 277
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
77
MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS
SOCIALES VEGA DEL GUADALIX
RÉGIMEN ECONÓMICO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se
publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPÍTULO
CRÉDITOS
INICIALES
DESCRIPCIÓN
INCORPORACIÓN
DE CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
130
Personal laboral
321.234,72
10.515,91
331.750,63
227
Trabajos realizados por empresas
354.992,42
15.000
369.992,42
622
Inversiones
84.489,44
5.000
89.489,44
TOTAL
30.515,91
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CAPÍTULO
870
DESCRIPCIÓN
Remanente de tesorería incorporable
TOTAL
CRÉDITOS
INICIALES
INCORPORACIÓN
DE CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
0,00
30.515,91
30.515,91
30.515,91
BOCM-20241016-77
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a
contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
En El Molar, a 7 de octubre de 2024.—El presidente, Borja Díaz de la Morena.
(03/16.252/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791