D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241016-42)
Convenio –  Convenio interadministrativo de 24 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para la prevención y control del absentismo escolar
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 247

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 177

mo escolar del alumnado comprendido entre los 6 y 16 años de edad escolarizado en centros
docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid durante el año 2024.
Así mismo, el cálculo de la cuantía que corresponderá a cada Ayuntamiento, se determinará conforme al apartado dos de la disposición quinta de la Orden 269/2024, de 7 de febrero.
Para la obtención de dicha cuantía, se tendrá en cuenta la suma total de los datos de los
municipios participantes en la convocatoria 2024:
— N.o total de habitantes: 3.266.636.
— N.o total de alumnos escolarizados: 432.671.
— N.o total de alumnos con expediente de absentismo abierto: 2.355.
AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA
CRITERIOS
Número de habitantes del Municipio al 1/1/2023
Población escolarizada en EI (3-6), EP y ESO a 31/12/2023

DATOS

IMPORTE

10.611

730,87 €

1.363

504,03 €

Número de alumnos absentistas (datos Comisión 2023)

7
TOTAL

341,83 €
1.576,73 €

ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba tendrá la consideración
de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en
adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se considerará como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Ayuntamiento de Daganzo de Arriba,
Encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para
desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid para mejorar las situaciones de
riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de desventaja así
como la respuesta a las necesidades educativas que presentan para prevenir y controlar el
absentismo escolar del alumnado de entre 6 y 16 años y, con carácter preventivo, en el segundo ciclo de Educación Infantil, mediante la firma de convenios de colaboración con
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20241016-42

Objeto del encargo de tratamiento