Alcalá de Henares (BOCM-20241014-42)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 521

BOCM-20241014-42

Sexto. Otros datos.—Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas o subvenciones recibidas de otras administraciones públicas para el mismo fin u objeto. En ningún
caso, el importe de las subvenciones obtenidas (tanto de manera aislada como de manera conjunta con otras subvenciones), superará el coste de la actividad subvencionada. En dicho caso,
la subvención otorgada será reducida hasta el coste total de la actividad deportiva.
Tienen la consideración de gastos subvencionables, los asumidos y realizados entre los
días 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024, ambos inclusive, especificados en el apartado 11 de las Bases Reguladoras.
En la instancia genérica de la solicitud, se hará referencia expresa al expediente administrativo correspondiente a esta subvención: Expte. TAO 23952/2024.
La concesión de las subvenciones se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios de valoración, especificados en el apartado 12 de
las Bases Reguladoras y hasta un máximo de 100 puntos.
Alcalá de Henares, a 27 de septiembre de 2024.—La concejala-delegada de Deportes,
Dolores López Bautista.
(03/16.246/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791