Tres Cantos (BOCM-20241014-111)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 245
ANEXO III
CUADRO DE EXCLUSIONES EN RELACIÓN A LA APTITUD PSICOFÍSICA
PARA EL INGRESO EN LA POLÍCIA LOCAL
Aptitud física
1. Relación peso-talla.
1.1. El peso máximo admitido se deduce de la siguiente fórmula:
P = (T − 100) + 20.
1.2. El peso mínimo admitido se deduce de la siguiente fórmula:
P = (T − 100) − 20.
Donde: P = Peso expresado en kilogramos y T = Talla expresada en centímetros.
2. Exclusiones circunstanciales.
Enfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar,
limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.
En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comprobación del estado del/de la aspirante, al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o
han desaparecido los motivos de exclusión circunstanciales.
3. Exclusiones definitivas de carácter general.
3.1. Deficiencias físicas, de cualquier tipo y localización, que menoscaben o dificulten la función pública y las realizaciones específicas del puesto al que opta, o que puedan
agravarse con el desempeño del mismo.
3.2. Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo, incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso las
siguientes: epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
4. Exclusiones definitivas de carácter específico.
4.1. Ojo y visión.
— Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos, con o sin corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes
podrán utilizar lentes correctoras.
— Hemianopsias significativas.
— Discromatopsias significativas. Para la realización de esta prueba, los aspirantes
podrán utilizar lentes correctoras.
— Desprendimiento de retina.
— Estrabismo.
4.2. Oído y audición.
Agudeza auditiva, con o sin corrección, que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar audífono.
4.3. Hipertensión arterial, prescindiendo de su causa. Las cifras de presión arterial,
tomadas con la persona en reposo y sentada, no deberán ser superiores a:
— Presión sistólica: 145 mm/Hg.
— Presión diastólica: 90 mm/Hg.
La comprobación de los datos clínicos a que hace referencia este Anexo se hará sólo y
exclusivamente en el centro médico designado al efecto, y sus resultados siempre han de
referirse al momento de la exploración.
Aptitud psicológica
Para la valoración de la aptitud psicológica se utilizará un cuestionario considerado
como instrumento clínico cuya finalidad es la identificación y valoración de síntomas psicológicos y psicosomáticos en adultos.
BOCM-20241014-111
Pág. 652
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 245
ANEXO III
CUADRO DE EXCLUSIONES EN RELACIÓN A LA APTITUD PSICOFÍSICA
PARA EL INGRESO EN LA POLÍCIA LOCAL
Aptitud física
1. Relación peso-talla.
1.1. El peso máximo admitido se deduce de la siguiente fórmula:
P = (T − 100) + 20.
1.2. El peso mínimo admitido se deduce de la siguiente fórmula:
P = (T − 100) − 20.
Donde: P = Peso expresado en kilogramos y T = Talla expresada en centímetros.
2. Exclusiones circunstanciales.
Enfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar,
limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.
En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comprobación del estado del/de la aspirante, al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o
han desaparecido los motivos de exclusión circunstanciales.
3. Exclusiones definitivas de carácter general.
3.1. Deficiencias físicas, de cualquier tipo y localización, que menoscaben o dificulten la función pública y las realizaciones específicas del puesto al que opta, o que puedan
agravarse con el desempeño del mismo.
3.2. Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo, incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso las
siguientes: epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
4. Exclusiones definitivas de carácter específico.
4.1. Ojo y visión.
— Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos, con o sin corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes
podrán utilizar lentes correctoras.
— Hemianopsias significativas.
— Discromatopsias significativas. Para la realización de esta prueba, los aspirantes
podrán utilizar lentes correctoras.
— Desprendimiento de retina.
— Estrabismo.
4.2. Oído y audición.
Agudeza auditiva, con o sin corrección, que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar audífono.
4.3. Hipertensión arterial, prescindiendo de su causa. Las cifras de presión arterial,
tomadas con la persona en reposo y sentada, no deberán ser superiores a:
— Presión sistólica: 145 mm/Hg.
— Presión diastólica: 90 mm/Hg.
La comprobación de los datos clínicos a que hace referencia este Anexo se hará sólo y
exclusivamente en el centro médico designado al efecto, y sus resultados siempre han de
referirse al momento de la exploración.
Aptitud psicológica
Para la valoración de la aptitud psicológica se utilizará un cuestionario considerado
como instrumento clínico cuya finalidad es la identificación y valoración de síntomas psicológicos y psicosomáticos en adultos.
BOCM-20241014-111
Pág. 652
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