D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241014-28)
Convenio – Convenio de 24 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Barrio de Torrepista. Fase I” en el municipio de Torrejón de Ardoz, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 411
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
28
CONVENIO de 24 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno
residencial de rehabilitación programada de “Barrio de Torrepista. Fase I” en
el municipio de Torrejón de Ardoz, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea,
NextGenerationEU.
REUNIDOS
De una parte, don Jorge Rodrigo Domínguez, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en virtud del Decreto 41/2023, de 23 de junio, por el que se dispone su nombramiento y actuando al
amparo de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid
De otra parte, don Alejandro Navarro Prieto, en calidad de Alcalde del Ayuntamiento
de Torrejón de Ardoz, en virtud del acuerdo adoptado en convocatoria de urgencia del Pleno del Ayuntamiento en la sesión constitutiva, celebrada el 25 de agosto de 2023, que actúa al amparo de lo establecido en el artículo 12.2 del referido Real Decreto 853/2021.
Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para
la suscripción del presente convenio, y en virtud de las facultades que tienen conferidas,
EXPONEN
Primero
El Consejo de Ministros aprobó, en virtud de Acuerdo de 27 de abril de 2021, el Plan
Estatal de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se enmarca en el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia (PRTR), regulado en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, y con el que se intenta hacer frente a la crisis económica derivada de la COVID-19.
Uno de los objetivos del Componente 2 del PRTR, es activar en España el sector de la
rehabilitación que permita descarbonizar y mejorar la calidad y confort del parque edificatorio, con modelos de viabilidad financiera y técnica sostenibles e integrales, de modo que
la mejora de la eficiencia energética de las edificaciones se acompañe de una mejora de la
habitabilidad, accesibilidad, conservación y digitalización de los edificios y de los barrios.
El Componente 2 se contempla en la política palanca 1 Agenda urbana y rural, lucha
contra la despoblación y desarrollo de la agricultura del PRTR y se desagrega, entre otras
Reformas e Inversiones, en la Inversión 01: “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales”, dirigida, a través de subvenciones y
otros instrumentos de apoyo, a impulsar operaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana a gran escala, en barrios o zonas delimitadas en función de su nivel de renta, favoreciendo el desarrollo de actuaciones de mejora de la eficiencia del edificio que formen parte de un enfoque de rehabilitación integral. Este tipo de actuaciones a nivel de
edificio irán acompañadas de otras actuaciones de regeneración del entorno físico, de mejora urbana y transformación integral para la mitigación del cambio climático.
BOCM-20241014-28
Segundo
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Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
28
CONVENIO de 24 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno
residencial de rehabilitación programada de “Barrio de Torrepista. Fase I” en
el municipio de Torrejón de Ardoz, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea,
NextGenerationEU.
REUNIDOS
De una parte, don Jorge Rodrigo Domínguez, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en virtud del Decreto 41/2023, de 23 de junio, por el que se dispone su nombramiento y actuando al
amparo de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid
De otra parte, don Alejandro Navarro Prieto, en calidad de Alcalde del Ayuntamiento
de Torrejón de Ardoz, en virtud del acuerdo adoptado en convocatoria de urgencia del Pleno del Ayuntamiento en la sesión constitutiva, celebrada el 25 de agosto de 2023, que actúa al amparo de lo establecido en el artículo 12.2 del referido Real Decreto 853/2021.
Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para
la suscripción del presente convenio, y en virtud de las facultades que tienen conferidas,
EXPONEN
Primero
El Consejo de Ministros aprobó, en virtud de Acuerdo de 27 de abril de 2021, el Plan
Estatal de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se enmarca en el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia (PRTR), regulado en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, y con el que se intenta hacer frente a la crisis económica derivada de la COVID-19.
Uno de los objetivos del Componente 2 del PRTR, es activar en España el sector de la
rehabilitación que permita descarbonizar y mejorar la calidad y confort del parque edificatorio, con modelos de viabilidad financiera y técnica sostenibles e integrales, de modo que
la mejora de la eficiencia energética de las edificaciones se acompañe de una mejora de la
habitabilidad, accesibilidad, conservación y digitalización de los edificios y de los barrios.
El Componente 2 se contempla en la política palanca 1 Agenda urbana y rural, lucha
contra la despoblación y desarrollo de la agricultura del PRTR y se desagrega, entre otras
Reformas e Inversiones, en la Inversión 01: “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales”, dirigida, a través de subvenciones y
otros instrumentos de apoyo, a impulsar operaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana a gran escala, en barrios o zonas delimitadas en función de su nivel de renta, favoreciendo el desarrollo de actuaciones de mejora de la eficiencia del edificio que formen parte de un enfoque de rehabilitación integral. Este tipo de actuaciones a nivel de
edificio irán acompañadas de otras actuaciones de regeneración del entorno físico, de mejora urbana y transformación integral para la mitigación del cambio climático.
BOCM-20241014-28
Segundo