B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241014-10)
Concurso de méritos –  Orden 4354/2024, de 26 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 245

Tercero
Requisitos y condiciones de participación
1. Se recogen en el listado adjunto a esta orden los requisitos indispensables que se
ha de reunir para el desempeño del puesto de trabajo que se convoca, en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad, y titulación específica exigida, en su caso.
2. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en
situación de servicios especiales.
3. Los funcionarios en situación de servicio activo podrán participar si, en la fecha
de entrada en vigor de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que opten a puestos adscritos en la misma Consejería en que estén prestando servicio, sean titulares de un puesto obtenido por el
sistema de libre designación o se encuentren en alguno de los supuestos de adscripción provisional previstos en el artículo 53 bis de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
A efectos del cómputo de los dos años al que se alude en el párrafo anterior, a los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo, Escala y/o Especialidad por promoción interna y permanezcan en el puesto de trabajo que venían desempeñando, se les computará el tiempo de
servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo Escala y/o Especialidad de procedencia.
4. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por
agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que
desean reingresar al servicio activo.
5. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
6. Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado
han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse
hasta la resolución del procedimiento.
Cuarto
1. Las solicitudes se formularán telemáticamente, cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud de provisión de puestos de trabajo”, al que podrá accederse desde la
página web: https://tramita.comunidad.madrid , adjuntando la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
Dado que la plaza convocada se encuentra afectada por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, los interesados deberán
aportar, junto con la solicitud, autorización firmada para que la Administración de la Comunidad de Madrid realice los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación acreditativa de la inexistencia de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales a que hace referencia dicho artículo, de acuerdo con el modelo disponible al
efecto en www.madrid.org
La no aportación de dicha autorización supondrá la exclusión del interesado en relación con el referido puesto, salvo que adjunte a su solicitud certificación negativa emitida
por el citado Registro en el plazo de presentación de instancias.
2. Las solicitudes irán acompañadas de:
a) En el caso de que los interesados hayan desempeñado puestos de trabajo con carácter definitivo en otras Administraciones Públicas en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria, certificado emitido por
el Registro de Personal de la Administración correspondiente, en relación con los
destinos ocupados en dichas Administraciones durante el citado período, que deberá ser aportado por el interesado.
b) Documentación acreditativa de los méritos, preferentes y no preferentes, que se
aleguen.
3. Los Certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto

BOCM-20241014-10

Solicitudes