D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241012-13)
Convenio –  Convenio de 18 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Remo, para el desarrollo del Programa Madrid Comunidad Deportiva 2024/2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 244

Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, del presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, de cada una de las anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes gastos:
Madrid Comunidad Deportiva: 4.995 euros.
— Técnicos deportivos: 4.620 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 1 sesión de 3 horas de duración (46,20 euros
por sesión) con 4 técnicos en 25 centros escolares.
— Plus de transporte: 1.000 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 625 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: contactar con los
centros para realizar los calendarios de sesiones divulgativas, organización de
pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo del programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de los programas, torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros.
Su importe es de 25 euros por cada centro escolar inscrito en el programa.
— Material: 1.250 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de portantes, asientos skiff y otro material que
pudiera ser necesario para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo
caso carácter fungible en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
— A esta cantidad (7.495 euros) hay que restar la aportación que, en todo caso, realizan los centros puesto que la actividad se desarrolla fuera de los mismos: 2 euros
por alumno y 50 alumnos por centro (2.500 euros). Por tanto, el coste máximo a
asumir por la Comunidad de Madrid con cargo al convenio por las sesiones divulgativas de Madrid Comunidad Deportiva es de 4.995 euros.
Total: 4.995 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que todas
las sesiones de Madrid Comunidad Deportiva se celebrarán durante 2025. En caso de que
surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del programa,
se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo de los programas existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de sesiones, torneos, o la necesidad sobrevenida de material u
otros gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución
de los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la cláusula tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda de la
cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al
concluir la actividad correspondiente a 2024, en todo caso antes del 20 de diciembre de 2024,
y otra al concluir el programa en 2025, a la finalización del curso escolar, respetando en todo
caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula segunda. La Federación podrá opcionalmente presentar una justificación adicional cuando se haya realizado,
aproximadamente, la mitad de la actividad correspondiente al período comprendido entre enero y junio de 2025. En cada justificación de gasto, la Federación presentará declaración en la
que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específica-

BOCM-20241012-13

Justificación y forma de pago