D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241012-4)
Convenio –  Convenio de 11 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Montejo de la Sierra, para el desarrollo del Proyecto “Muévete Montejo” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 244

XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Montejo de la Sierra (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Muévete Montejo” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura
Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Muévete Montejo”.
El proyecto “Muévete Montejo” ofrece a su población, actividades deportivas variadas que eviten el sedentarismo y mejoren su salud y calidad de vida, evitando que se desplacen en coche a otras localidades para poder realizarlas. Además, se pretende fomentar la
convivencia vecinal y la mejora en las relaciones personales, evitando así el aislamiento y
la soledad, sobre todo en personas de edad avanzada del municipio.
El proyecto incluirá las siguientes actividades:
— Escalada. En esta modalidad se van a formar dos grupos, uno de adolescentes y jóvenes, que llevarán a cabo dos sesiones semanales de una hora, y otro, de público
adulto, para los que las sesiones se incrementarán hasta la hora y media.
— Zumba. Esta actividad de baile aeróbico estará destinada a personas de edad media. Se prevé una participación de gente adulta de mediana edad, desde los veinte
a los sesenta años y en su mayoría mujeres. La actividad se hará dos días a la semana, en días alternos.
— Pilates. Esta disciplina estará destinada a personas de todas las edades, con problemas de espalda u otras dolencias derivadas por el equipo médico del centro de salud de Montejo. Esta actividad tendrá la misma frecuencia semanal que la anterior.
En las dos primeras semanas de octubre habrá jornadas de puertas abiertas de escalada, zumba y pilates, para que puedan participar personas de todas las edades y puedan probar los deportes ofrecidos en su municipio, además de comprobar su nivel y afinidades con
los distintos deportes ofrecidos y adecuados a su salud, con distintas intensidades según su
estado físico y dolencias.
La duración del proyecto será de octubre a junio, dentro del curso escolar 2024-2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 5.803,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 62,72 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 9.252 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.

BOCM-20241012-4

Obligaciones de la Comunidad de Madrid