D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241012-2)
Convenio – Convenio de 10 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres, para el desarrollo del proyecto “Punto Activo Infantil Pezuela de las Torres” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 244
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo Infantil Pezuela de las Torres” (en
adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo,
de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15
de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Punto Activo Infantil Pezuela de las Torres”.
El Proyecto para el curso 2024-2025, va a ser la octava edición de esta actividad. Comenzó como un proyecto solo para niños de 6 a 12 años, ampliando la edad desde los 3
años, por la alta demanda de la actividad. Actualmente es una de las actividades por la que
más preguntan las familias, una vez comienza el curso escolar.
Se plantea, de forma general, contribuir a aumentar el índice de práctica de actividad
física entre niños y niñas, continuando con esta iniciativa de años anteriores ampliando la
oferta formal deportiva normalizada, ya que Pezuela de las Torres, no tiene clubs deportivos y solo existen clases extraescolares educativas centradas en la creación de un punto de
encuentro al aire libre.
Esta actividad se convierte en un punto de encuentro activo para los niños del municipio, que promueve el juego en horario extraescolar, ofreciendo diversión y ejercicio físico,
alejando un tiempo a los niños de la inactividad y de las pantallas.
Se formarán dos grupos de 3 a 5 años, y otros dos para aquellos que tengan entre 6 y 12
años. La actividad incluirá dos sesiones semanales de una hora de duración, para cada uno
de los grupos.
Se pretende contribuir a aumentar el índice de práctica de ejercicio saludable a nivel
comunitario a las dosis mínimas de ejercicio recomendadas por la Organización Mundial
de la Salud, enseñando y sensibilizando sobre el ejercicio físico saludable a la población infantil.
La actividad abarcará desde octubre de 2024 hasta junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 6.931,60 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 68,40 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 10.134,38 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educati-
BOCM-20241012-2
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 244
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo Infantil Pezuela de las Torres” (en
adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo,
de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15
de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Punto Activo Infantil Pezuela de las Torres”.
El Proyecto para el curso 2024-2025, va a ser la octava edición de esta actividad. Comenzó como un proyecto solo para niños de 6 a 12 años, ampliando la edad desde los 3
años, por la alta demanda de la actividad. Actualmente es una de las actividades por la que
más preguntan las familias, una vez comienza el curso escolar.
Se plantea, de forma general, contribuir a aumentar el índice de práctica de actividad
física entre niños y niñas, continuando con esta iniciativa de años anteriores ampliando la
oferta formal deportiva normalizada, ya que Pezuela de las Torres, no tiene clubs deportivos y solo existen clases extraescolares educativas centradas en la creación de un punto de
encuentro al aire libre.
Esta actividad se convierte en un punto de encuentro activo para los niños del municipio, que promueve el juego en horario extraescolar, ofreciendo diversión y ejercicio físico,
alejando un tiempo a los niños de la inactividad y de las pantallas.
Se formarán dos grupos de 3 a 5 años, y otros dos para aquellos que tengan entre 6 y 12
años. La actividad incluirá dos sesiones semanales de una hora de duración, para cada uno
de los grupos.
Se pretende contribuir a aumentar el índice de práctica de ejercicio saludable a nivel
comunitario a las dosis mínimas de ejercicio recomendadas por la Organización Mundial
de la Salud, enseñando y sensibilizando sobre el ejercicio físico saludable a la población infantil.
La actividad abarcará desde octubre de 2024 hasta junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 6.931,60 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 68,40 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 10.134,38 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educati-
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Obligaciones de la Comunidad de Madrid