A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241011-2)
Plan de estudios – Decreto 96/2024, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del Curso de Especialización de Formación Profesional en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación
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B.O.C.M. Núm. 243
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 478/2020, de 7 de abril, por el
que se establece el Curso de especialización en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación y se fijan los aspectos básicos del currículo. El plan de estudios de dicho
curso, que se establece en este Decreto pretende complementar las competencias de quienes ya dispongan de un título de formación profesional y atender las necesidades formativas de las nuevas cualificaciones, con objeto de mejorar la empleabilidad de las personas y
la competitividad de las empresas. Este curso de especialización supondrá una formación
complementaria en el ámbito de la ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación.
Con posterioridad, ha sido aprobado el Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por el
que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen, en el ámbito de la
Formación Profesional, cursos de especialización de grado medio y superior y se fijan sus
enseñanzas mínimas. Entre las normas que modifica se encuentra el Real Decreto 478/2020,
de 7 de abril, por lo que las modificaciones contenidas en este real decreto serán de aplicación a la ordenación de este curso de especialización. Principalmente, se trata de algunos
cambios sobre los requisitos de los docentes para impartir clases, además de la supresión de un
artículo relativo a los requisitos de los centros que impartan los cursos de especialización.
Este Decreto tiene como objeto establecer las características generales del curso de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación y determinar
como elementos curriculares los establecidos en el Real Decreto 478/2020, de 7 de abril,
conforme a lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, completando el tiempo de cada módulo profesional hasta la duración total fijada en dicho real
decreto, para que pueda ser impartido en los centros docentes, públicos y privados de la Comunidad de Madrid, debidamente autorizados para ello. También, concreta las titulaciones
requeridas para el acceso al curso de especialización, así como los requisitos de los centros
necesarios para impartir esta formación y su organización y las competencias docentes de
los profesores que impartirán este curso.
En el ámbito de las competencias autonómicas, este Decreto recoge algunas novedades. Por ejemplo, se organiza el curso de especialización con una duración anual, aunque
permite que los centros puedan impartir algunos módulos de forma secuencial. También se
establecen las condiciones para impartir el curso en modalidad semipresencial.
Por otra parte, el diseño del plan de estudios de este curso de especialización tiene como
objetivo garantizar el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con respecto al resto de la ciudadanía, así como el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, conforme previene el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Así mismo, hace efectivo el derecho de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres en cualquier
ámbito de la vida, como dispone el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y garantiza la integración del principio de igualdad y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género u orientación
sexual, dando cumplimiento a lo que establece la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección,
Igualdad Efectiva y No Discriminación de las Personas LGTBI de la Comunidad de Madrid,
y la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Protección, Igualdad Efectiva y No Discriminación de
las Personas Transexuales e Intersexuales de la Comunidad de Madrid.
La implantación de estas enseñanzas se produce en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next Generation-EU, y de
la Estrategia para la Recuperación y Resiliencia aprobada por la Comunidad de Madrid.
En el marco de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad
con el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de
carácter general en la Comunidad de Madrid, este Decreto se ajusta a las exigencias de los
principios de buena regulación.
Esta norma cumple con los principios de necesidad y eficacia, puesto que desarrolla el
curso de especialización para que pueda ser impartido en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, con el fin de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos y ofrecer mayores oportunidades de empleo en organizaciones de distintos sectores, donde sea necesario establecer y garantizar la seguridad de los procesos industriales que desarrollan.
Además, la presente norma atiende a la necesidad originada de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos con respeto a lo establecido en la norma básica y cumple con el principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible de
lo previsto por el Real Decreto 478/2020, de 7 de abril.
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BOCM-20241011-2
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 478/2020, de 7 de abril, por el
que se establece el Curso de especialización en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación y se fijan los aspectos básicos del currículo. El plan de estudios de dicho
curso, que se establece en este Decreto pretende complementar las competencias de quienes ya dispongan de un título de formación profesional y atender las necesidades formativas de las nuevas cualificaciones, con objeto de mejorar la empleabilidad de las personas y
la competitividad de las empresas. Este curso de especialización supondrá una formación
complementaria en el ámbito de la ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación.
Con posterioridad, ha sido aprobado el Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por el
que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen, en el ámbito de la
Formación Profesional, cursos de especialización de grado medio y superior y se fijan sus
enseñanzas mínimas. Entre las normas que modifica se encuentra el Real Decreto 478/2020,
de 7 de abril, por lo que las modificaciones contenidas en este real decreto serán de aplicación a la ordenación de este curso de especialización. Principalmente, se trata de algunos
cambios sobre los requisitos de los docentes para impartir clases, además de la supresión de un
artículo relativo a los requisitos de los centros que impartan los cursos de especialización.
Este Decreto tiene como objeto establecer las características generales del curso de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación y determinar
como elementos curriculares los establecidos en el Real Decreto 478/2020, de 7 de abril,
conforme a lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, completando el tiempo de cada módulo profesional hasta la duración total fijada en dicho real
decreto, para que pueda ser impartido en los centros docentes, públicos y privados de la Comunidad de Madrid, debidamente autorizados para ello. También, concreta las titulaciones
requeridas para el acceso al curso de especialización, así como los requisitos de los centros
necesarios para impartir esta formación y su organización y las competencias docentes de
los profesores que impartirán este curso.
En el ámbito de las competencias autonómicas, este Decreto recoge algunas novedades. Por ejemplo, se organiza el curso de especialización con una duración anual, aunque
permite que los centros puedan impartir algunos módulos de forma secuencial. También se
establecen las condiciones para impartir el curso en modalidad semipresencial.
Por otra parte, el diseño del plan de estudios de este curso de especialización tiene como
objetivo garantizar el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con respecto al resto de la ciudadanía, así como el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, conforme previene el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Así mismo, hace efectivo el derecho de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres en cualquier
ámbito de la vida, como dispone el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y garantiza la integración del principio de igualdad y no discriminación por razón de identidad de género, expresión de género u orientación
sexual, dando cumplimiento a lo que establece la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección,
Igualdad Efectiva y No Discriminación de las Personas LGTBI de la Comunidad de Madrid,
y la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Protección, Igualdad Efectiva y No Discriminación de
las Personas Transexuales e Intersexuales de la Comunidad de Madrid.
La implantación de estas enseñanzas se produce en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next Generation-EU, y de
la Estrategia para la Recuperación y Resiliencia aprobada por la Comunidad de Madrid.
En el marco de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de conformidad
con el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de
carácter general en la Comunidad de Madrid, este Decreto se ajusta a las exigencias de los
principios de buena regulación.
Esta norma cumple con los principios de necesidad y eficacia, puesto que desarrolla el
curso de especialización para que pueda ser impartido en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, con el fin de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos y ofrecer mayores oportunidades de empleo en organizaciones de distintos sectores, donde sea necesario establecer y garantizar la seguridad de los procesos industriales que desarrollan.
Además, la presente norma atiende a la necesidad originada de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos con respeto a lo establecido en la norma básica y cumple con el principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible de
lo previsto por el Real Decreto 478/2020, de 7 de abril.
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