D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241011-57)
Convenio – Convenio de 12 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, para el desarrollo del proyecto “Ejercicio y movimiento. Punto activo en Belmonte de Tajo”, en el marco de la IX edición del programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 243
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por
el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Décima
Régimen jurídico y jurisdicción
BOCM-20241011-57
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo
6.2, del referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que
regulan los convenios, fundamentalmente las recogidas en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 11.m) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes.
En Madrid, a 12 de septiembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Alberto Tomé
González.—Por el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, Roberto Morate Carralero.
(03/15.207/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 212
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B.O.C.M. Núm. 243
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por
el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Décima
Régimen jurídico y jurisdicción
BOCM-20241011-57
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo
6.2, del referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que
regulan los convenios, fundamentalmente las recogidas en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 11.m) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad se firma por ambas partes.
En Madrid, a 12 de septiembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Alberto Tomé
González.—Por el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, Roberto Morate Carralero.
(03/15.207/24)
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ISSN 1989-4791