D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241011-57)
Convenio – Convenio de 12 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, para el desarrollo del proyecto “Ejercicio y movimiento. Punto activo en Belmonte de Tajo”, en el marco de la IX edición del programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 243
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo (en adelante, el Ayuntamiento)
para el desarrollo del Proyecto “Ejercicio y movimiento. Punto Activo en Belmonte de Tajo”
(en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física
entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo,
de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de
febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición
de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Ejercicio y movimiento. Punto activo en Belmonte de Tajo”.
Este es un proyecto que persigue la promoción de la práctica de ejercicio físico en
nuestro municipio, tratando de sensibilizar sobre su repercusión positiva en el estado de salud y bienestar de todos nuestros ciudadanos.
Las actividades que se van a incluir en el proyecto irán destinadas a diferentes grupos
de población:
— Para la población infantil de 3 a 6/7 años, se propondrá la actividad de Psicomotricidad, que se llevará a cabo en el aula acondicionada de la Casa de la Cultura, y
tendrá una frecuencia semanal de dos sesiones de una hora cada una.
— Para la población infantil de 6/7 a 12/13 años se incluirá la propuesta de Multiactividad, en la que practicarán diferentes modalidades de actividad físico-deportiva
incluyendo actividades en el medio natural, con una frecuencia de dos sesiones semanales de 90 minutos cada una. Es importante destacar, que el proyecto dará respuesta a aquellos usuarios con necesidades educativas especiales, que van a participar en la actividad, a través de la colaboración de un técnico de apoyo.
— En el caso de la población joven, de 14 a 30 años, el proyecto incluirá una actividad de Entrenamiento y Multiactividad, con una frecuencia de dos sesiones semanales de una hora cada una.
— Para el sector de la población con edades comprendidas entre los 31 y 55 años, la
alternativa será la del Taller de Iniciación a la Práctica Deportiva, que incluirá dos
sesiones semanales de una hora de duración.
— En adultos mayores, la alternativa será el Taller de Actividad Física y Senderismo, con
dos sesiones por semana, de hora y media cada una. Tanto en este grupo como en el anterior se propondrá la asistencia al Centro de Salud, para hacer un seguimiento y comprobar la evolución de variables relativas al estado de salud de los usuarios.
Por otro lado, se llevará a cabo un encuentro intergeneracional entre los diferentes grupos participantes en el proyecto, para mostrar el trabajo realizado cada uno de ellos a lo largo del curso.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 7.415,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 50,25 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 14.755,27 euros.
BOCM-20241011-57
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 243
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo (en adelante, el Ayuntamiento)
para el desarrollo del Proyecto “Ejercicio y movimiento. Punto Activo en Belmonte de Tajo”
(en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física
entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo,
de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de
febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición
de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Ejercicio y movimiento. Punto activo en Belmonte de Tajo”.
Este es un proyecto que persigue la promoción de la práctica de ejercicio físico en
nuestro municipio, tratando de sensibilizar sobre su repercusión positiva en el estado de salud y bienestar de todos nuestros ciudadanos.
Las actividades que se van a incluir en el proyecto irán destinadas a diferentes grupos
de población:
— Para la población infantil de 3 a 6/7 años, se propondrá la actividad de Psicomotricidad, que se llevará a cabo en el aula acondicionada de la Casa de la Cultura, y
tendrá una frecuencia semanal de dos sesiones de una hora cada una.
— Para la población infantil de 6/7 a 12/13 años se incluirá la propuesta de Multiactividad, en la que practicarán diferentes modalidades de actividad físico-deportiva
incluyendo actividades en el medio natural, con una frecuencia de dos sesiones semanales de 90 minutos cada una. Es importante destacar, que el proyecto dará respuesta a aquellos usuarios con necesidades educativas especiales, que van a participar en la actividad, a través de la colaboración de un técnico de apoyo.
— En el caso de la población joven, de 14 a 30 años, el proyecto incluirá una actividad de Entrenamiento y Multiactividad, con una frecuencia de dos sesiones semanales de una hora cada una.
— Para el sector de la población con edades comprendidas entre los 31 y 55 años, la
alternativa será la del Taller de Iniciación a la Práctica Deportiva, que incluirá dos
sesiones semanales de una hora de duración.
— En adultos mayores, la alternativa será el Taller de Actividad Física y Senderismo, con
dos sesiones por semana, de hora y media cada una. Tanto en este grupo como en el anterior se propondrá la asistencia al Centro de Salud, para hacer un seguimiento y comprobar la evolución de variables relativas al estado de salud de los usuarios.
Por otro lado, se llevará a cabo un encuentro intergeneracional entre los diferentes grupos participantes en el proyecto, para mostrar el trabajo realizado cada uno de ellos a lo largo del curso.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 7.415,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 50,25 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 14.755,27 euros.
BOCM-20241011-57
Obligaciones de la Comunidad de Madrid