D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241011-55)
Convenio –  Convenio de 11 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Leganés, para el desarrollo del Proyecto “Muévete y mejora en los Puntos Activos Leganés Temporada 2024-25” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 243

XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Leganés (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Muévete y mejora en los Puntos Activos Leganés Temporada 2024-25”
(en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física
entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo,
de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de
dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Muévete y mejora en los Puntos Activos Leganés Temporada 2024-25”.
Se trata de acercar y hacer más accesible el deporte y el ejercicio físico a aquellos que
más se pueden beneficiar del mismo. Las personas sedentarias, con problemas de salud asociados, como la obesidad o el sobrepeso, la diabetes o dislipemias pueden beneficiarse de
la práctica regular de ejercicio físico moderado, como establecen multitud de investigaciones sobre el tema.
Además, uno de los objetivos es facilitarles la práctica en un entorno cercano y conocido, como son los parques de la ciudad, tratando de hacer que los barrios sean inclusivos
y participativos. Para ello se cuenta con ocho Puntos Activos (PA) distribuidos en distintos
parques y plazas de la ciudad.
Como objetivos del proyecto se establecen:
— Aumentar el tiempo de ejercicio físico semanal y disminuir las horas de actividad
sedentaria.
— Mejorar el nivel de salud biopsicosocial de las personas que participen en el proyecto.
— Mejorar la forma física de los participantes.
— Mejorar la sensación de salud auto percibida.
— Mejorar su actitud hacia la práctica de ejercicio físico.
— Establecer nuevas relaciones sociales entre los participantes.
Los destinatarios del proyecto será la población general de Leganés, en especial con
hábitos sedentarios, mayores de sesenta y cinco años, y aquellos derivados del sistema sanitario por patologías susceptibles de beneficiarse de la actividad física regular.
Las actividades se desarrollarán entre los meses de octubre de 2024 y junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 5.956,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 30,69 % del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 19.410,75 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.

BOCM-20241011-55

Obligaciones de la Comunidad de Madrid