D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241011-54)
Convenio –  Convenio de 11 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Garganta de los Montes, para el desarrollo del proyecto “Prescripción municipal Garganta de los Montes con puntos activos” en el marco de la IX edición del Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024

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grama 336A, con el fin de suscribir los convenios necesarios para la promoción del deporte, entre otros, en los municipios de la región.
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Garganta de los Montes (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Prescripción municipal Garganta de los Montes con Puntos
Activos” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023,
de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud, y la Orden 287/2024,
de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la
IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “Prescripción municipal Garganta de los Montes con puntos activos”.
Se trata de fomentar la práctica de actividad física desde el Centro sanitario del municipio, en colaboración con los servicios deportivos municipales, para promover la participación de los vecinos con más incidencia de sedentarismo o inactividad física, y con el objetivo último de mejorar la salud de la población.
La propuesta persigue normalizar un proceso de motivación y acceso a la práctica de
actividad física en personas sedentarias o inactivas. Es decir, es una herramienta para facilitar el cambio de comportamiento del usuario, y no, una medicalización de la actividad física.
Desde el Centro sanitario de la localidad se derivará a personas sedentarias o inactivas
a los servicios deportivos municipales, donde el Promotor del Ejercicio Físico aplicará un
proceso de asesoramiento técnico personalizado e indicará las herramientas de intervención
que considere oportunas en función de cada usuario.
El proyecto incluirá tres Puntos Activos, orientados a tres grupos diferentes de población:
Punto Activo Infantil, Punto Activo para Población Adulta y Punto Activo para la Tercera
Edad.
Como objetivo general del proyecto se plantea mejorar la calidad de vida y bienestar
de la población del municipio de Garganta de los Montes a través de la integración de la
práctica de actividad física y ejercicio físico en sus estilos de vida.
La ejecución de este proyecto se plantea para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de junio de 2025.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas Órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 13.577,22 euros, de acuerdo
con la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 89,80 por 100 del total
del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 15.120 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.

BOCM-20241011-54

Obligaciones de la Comunidad de Madrid