D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241011-51)
Convenio –  Convenio de 10 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de La Serna del Monte, para el desarrollo del Proyecto “La Serna se mueve” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 243

grama 336A, con el fin de suscribir los convenios necesarios para la promoción del deporte, entre otros, en los municipios de la región.
XIII. Que, dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas partes, y de
acuerdo con lo previsto en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, convienen en la celebración
del presente convenio de colaboración, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de La Serna del Monte (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “La Serna se mueve” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura
Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 287/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la IX edición de dicho programa.
El proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Proyecto “La Serna se mueve”.
Es un programa estándar de iniciación a la práctica de ejercicio saludable para personas adultas y, especialmente, sedentarias.
Se trata de dar continuidad a los esfuerzos del municipio, que van en la dirección de
incorporar a la práctica regular de ejercicio físico, a usuarios sedentarios o inactivos, y promover un estilo de vida más activo y saludable en la población adulta.
En general, este es un proyecto de captación de usuarios sedentarios, y salida de usuarios formados para una práctica de actividad física autosuficiente, bien generando grupos
autónomos para realizar la actividad, o bien accediendo a otras actividades que ofrezca el
ayuntamiento o los operadores privados de su entorno.
Estos usuarios ya autosuficientes, tendrán en todo caso, la posibilidad de consultar con
el monitor del Punto, al que podrán acudir ante cualquier duda o cuestión.
Durante el proyecto, se realizará una actividad física periódica que será de Pilates o
Gimnasia para personas mayores, que consistirá en dos sesiones semanales de una hora, y
que será el eje central del programa.
Además, se van a llevar a cabo una serie de talleres de Mindfulness, que tendrán una
duración de dos horas por sesión, y en los que se incluirá una parte teórica y otra práctica.
El público diana será la población adulta del municipio, teniendo prioridad para participar los mayores de cincuenta años, si bien queda abierta a la participación de cualquier
otro vecino, así como residentes en otros municipios cercanos que quieran beneficiarse la
práctica deportiva.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del proyecto, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 4.364,55 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 90,00% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 4.849,50 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de las
actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educati-

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Obligaciones de la Comunidad de Madrid