B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241010-6)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 242

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024

mentación a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI/NIE o equivalente y, en su caso, demás documentación que fuera
precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.
B) Copia del título de Bachiller, o del título de Técnico Superior (Formación Profesional de Grado Superior), o del título de Técnico Especialista (Formación Profesional de Segundo Grado), o de cualquiera otra titulación o estudios equivalentes
a alguno de los anteriores, de acuerdo con la normativa existente en la materia, o,
en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a
la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto. Si se tratara
de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial
de homologación o, en su caso, del certificado de equivalencia, conforme a la regulación que resulte de aplicación a tal efecto.
En el supuesto de reunir la experiencia profesional sustitutoria de la titulación en
los términos previstos en el apartado segundo de la indicada base segunda de la
Orden 512/2021, de 25 de octubre, copia de la certificación expedida por el órgano competente que acredite poseer tres años de experiencia profesional en la misma categoría de referencia o similar, o, alternativamente, dos años de experiencia
en la misma categoría o similar junto con copia de la titulación, en este caso, de
Formación Profesional de Grado Medio o de Primer Grado.
C) Quienes hubieran superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, copia
de la tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, expedidos por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y
Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones,
o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, de la documentación establecida en
los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006).
D) Copia de la certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata
de Seres Humanos de no haber sido condenada por sentencia judicial firme por alguno de los delitos señalados en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia.
2. No obstante, no será necesario aportar la documentación detallada anteriormente
en la letra A) ni la titulación enunciada en la letra B) (sí se debe aportar, en su caso, certificado acreditativo de la experiencia sustitutoria), obteniéndose por la Administración, de
oficio, la información a que van ellas referidas, salvo si la persona interesada se opusiera
expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos, cumplimentando a tal fin el
apartado ocho habilitado en el modelo “Elección de plaza y presentación de documentación
acreditativa para la adquisición de la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de
Madrid en la categoría de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C)”.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que
se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación acreditativa de la titulación comprendida en la letra B).
Se obtendrá también de oficio la información contenida en la letra C), en caso de que
hubiera sido expedida por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, y con la salvedad anteriormente señalada.
De igual modo, no será preciso proporcionar la certificación negativa descrita en la letra D), obteniéndose, de oficio, dicha información, siempre que la persona interesada autorice expresamente la verificación de la misma en los términos indicados en el citado modelo.
En el supuesto de no autorizarse la consulta consignada a tal efecto, deberá aportarse la aludida certificación. 3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada
telemáticamente, cumplimentando el mencionado impreso normalizado, que se encontrará
disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/pruebas-selectivas-educador-0 , y adjuntándose a aquel la documentación pertinente
que hubiera de aportarse. Asimismo, podrá accederse a dicho trámite en la página web:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-estabilizacion

Pág. 63

BOCM-20241010-6

BOCM