Cadalso de los Vidrios (BOCM-20241010-93)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 315
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93
CADALSO DE LOS VIDRIOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2024, de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles.
“Artículo 2. Tipo de gravamen.—1. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes
inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,55 %.
2. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza rústica
serán del 0,60%”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La entrada en vigor de esta modificación supone la derogación parcial de la vigente
ordenanza reguladora del impuesto de bienes inmuebles, en lo relativo exclusivamente al
tipo de gravamen y cuya última modificación fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 18 de diciembre de 2014.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20241010-93
La presente ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión
celebrada el 27 de septiembre de 2024, entrará en vigor en el momento de su publicación
íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permaneciendo en vigor
hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
Cadalso de los Vidrios, a 2 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz
Villalba.
(03/15.732/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 315
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93
CADALSO DE LOS VIDRIOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2024, de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles.
“Artículo 2. Tipo de gravamen.—1. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes
inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,55 %.
2. Los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza rústica
serán del 0,60%”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La entrada en vigor de esta modificación supone la derogación parcial de la vigente
ordenanza reguladora del impuesto de bienes inmuebles, en lo relativo exclusivamente al
tipo de gravamen y cuya última modificación fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 18 de diciembre de 2014.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20241010-93
La presente ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión
celebrada el 27 de septiembre de 2024, entrará en vigor en el momento de su publicación
íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permaneciendo en vigor
hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
Cadalso de los Vidrios, a 2 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz
Villalba.
(03/15.732/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791