B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241010-60)
Puesto libre designación – Orden de 1 de octubre de 2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 5 de julio de 2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de julio), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 242
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 229
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
60
ORDEN de 1 de octubre de 2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 5 de julio de 2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de julio), para la provisión de un
puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Libre
Designación.
Por Orden de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de 5 de julio
de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de julio), se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería
por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la Unidad Responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública
de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado al funcionario que figura en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la notificación de la orden de reingreso al servicio activo, conforme a lo establecido en el artículo 1.7 del Decreto 203/2000, de 14 de septiembre, por el que se dictan las reglas aplicables a los procedimientos de asignación de puestos
de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, en los supuestos
de pérdida del que viniera desempeñando y de reingreso al servicio activo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre).
BOCM-20241010-60
Plazo de toma de posesión
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 242
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 229
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
60
ORDEN de 1 de octubre de 2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 5 de julio de 2024, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de julio), para la provisión de un
puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Libre
Designación.
Por Orden de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de 5 de julio
de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de julio), se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería
por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la Unidad Responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública
de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado al funcionario que figura en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la notificación de la orden de reingreso al servicio activo, conforme a lo establecido en el artículo 1.7 del Decreto 203/2000, de 14 de septiembre, por el que se dictan las reglas aplicables a los procedimientos de asignación de puestos
de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, en los supuestos
de pérdida del que viniera desempeñando y de reingreso al servicio activo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre).
BOCM-20241010-60
Plazo de toma de posesión