D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241010-79)
Convenio – Adenda de 26 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del inmueble ubicado en la calle Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, de Móstoles, para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF)
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BOCM
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 242
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
79
ADENDA de 26 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales) y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del
inmueble ubicado en la calle Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, de
Móstoles, para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF).
Madrid, a 26 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Doña Ana Dávila-Ponce de León Municio, Excma. Sra. Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
De otra, Don Manuel Bautista Monjón, Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Móstoles, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el
artículo 30.1.a de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambos intervienen en virtud de sus respectivos cargos en nombre y representación de
las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la
presente adenda de prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que con fecha 30 de noviembre de 2021, se firmó el convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social), y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del inmueble ubicado en la calle
Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, para la prestación de servicios de un Centro
de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF).
Segundo
Que como consecuencia del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, de la Presidenta
de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las consejerías de la Comunidad de Madrid, la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política
Social pasa a denominarse Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, asumiendo
el titular de dicha Consejería las mismas funciones y competencias.
Que en la cláusula séptima del convenio suscrito entre ambas partes se acordó que el
convenio entrase en vigor desde el 05 de diciembre de 2021 hasta el 4 de diciembre de 2024,
pudiendo prorrogarse de mutuo acuerdo de manera expresa por ambas partes, en cualquier
momento antes de la fecha prevista para su finalización, por un año más, sin que en conjunto la duración del convenio incluida su prórroga excediera de cuatro años.
BOCM-20241010-79
Tercero
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JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 242
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
79
ADENDA de 26 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales) y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del
inmueble ubicado en la calle Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, de
Móstoles, para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF).
Madrid, a 26 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Doña Ana Dávila-Ponce de León Municio, Excma. Sra. Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando
en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
De otra, Don Manuel Bautista Monjón, Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Móstoles, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el
artículo 30.1.a de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambos intervienen en virtud de sus respectivos cargos en nombre y representación de
las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la
presente adenda de prórroga y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que con fecha 30 de noviembre de 2021, se firmó el convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social), y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del inmueble ubicado en la calle
Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, para la prestación de servicios de un Centro
de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF).
Segundo
Que como consecuencia del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, de la Presidenta
de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las consejerías de la Comunidad de Madrid, la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política
Social pasa a denominarse Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, asumiendo
el titular de dicha Consejería las mismas funciones y competencias.
Que en la cláusula séptima del convenio suscrito entre ambas partes se acordó que el
convenio entrase en vigor desde el 05 de diciembre de 2021 hasta el 4 de diciembre de 2024,
pudiendo prorrogarse de mutuo acuerdo de manera expresa por ambas partes, en cualquier
momento antes de la fecha prevista para su finalización, por un año más, sin que en conjunto la duración del convenio incluida su prórroga excediera de cuatro años.
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Tercero