Morata de Tajuña (BOCM-20241009-71)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 239

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71

MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20241009-71

Extracto resolución de Alcaldía:
El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 26
de septiembre de 2024, acordó la aprobación inicial de la modificación ordenanza fiscal del
IBI del municipio de Morata de Tajuña, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49
y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente
a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Morata de Tajuña, a 27 de septiembre de 2024.—El alcalde, Fernando Villalaín
González.
(03/15.641/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791