C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241009-24)
Estatutos federación deportiva –  Orden 1705/2024, de 19 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Pelota, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 241

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
24

ORDEN 1705/2024, de 19 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los Estatutos
de la Federación Madrileña de Pelota, su inscripción en el Registro de Entidades
Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La Federación Madrileña de Pelota presenta ante la Dirección General de Deportes de
la Comunidad de Madrid la modificación de sus Estatutos, a efectos de su aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
La Federación Madrileña de Pelota fue inscrita definitivamente en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, con el número 5 de la Sección de Federaciones
Deportivas, mediante Resolución del Director General de Deportes, de 18 de agosto de 1992,
procediéndose igualmente a la aprobación, visado e inscripción de sus Estatutos.
Segundo
Mediante resoluciones, de 3 de febrero de 1995, 7 de mayo de 1998, 28 de mayo
de 2008, 15 de septiembre de 2009, 28 de octubre de 2013 y 27 de marzo de 2023, se procedió a la aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid de sucesivas modificaciones de los Estatutos de la Federación Madrileña de Pelota.
Tercero
La Federación Madrileña de Pelota, con fecha 18 de septiembre de 2024, presenta la
modificación de los artículos 36 y 43 de sus Estatutos, previamente aprobada por su Asamblea General con fecha 17 de julio de 2024, a efectos de su aprobación e inscripción en el
Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Según lo dispuesto en el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del
Deporte de la Comunidad de Madrid, la Administración Deportiva de la Comunidad de
Madrid ejercerá la competencia relativa a la aprobación de los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.

Según lo dispuesto en el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por
el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, estas se rigen
por lo dispuesto en la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, por el mencionado Decreto y demás disposiciones que les sean aplicables, y por sus Estatutos, que serán debidamente aprobados por la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la
estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de
Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias.

BOCM-20241009-24

Segundo