Jardines María Cristina, S (BOCM-20241009-80)
Coop. Mad. Disolución cooperativa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 241
MIÉRCOLES 9 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 269
V. OTROS ANUNCIOS
80
JARDINES MARÍA CRISTINA, S. COOP. MAD.
El 24 de septiembre de 2024, la Asamblea General Universal de la Sociedad Cooperativa “Jardines María Cristina, Sociedad Cooperativa Madrileña”, acordó por unanimidad de
sus socios disolver y liquidar simultáneamente la sociedad cooperativa, nombrando liquidadores y aprobando el siguiente balance final de liquidación y proyecto de distribución del
haber social.
ACTIVO
EUROS
B) ACTIVO CORRIENTE:
0,00
VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
0,00
TOTAL ACTIVO
0,00
PASIVO
EUROS
A) PATRIMONIO NETO:
0,00
A-1) Fondos propios
I. Capital:
21.600,00
1. Capital cooperativo suscrito
21.600,00
2. Capital cooperativo no exigido
0,00
II. Reservas:
0,00
1. Fondo de Reserva Obligatorio
0,00
III. Resultado de ejercicios anteriores
–543.141,00
IV. Otras aportaciones de Socios
538.364,83
V. Resultado de la cooperativa
–16.823,83
B) PASIVO NO CORRIENTE:
0,00
I. Fondo de Educación, Formación y promoción a largo plazo
C) PASIVO CORRIENTE:
0,00
0,00
I. Fondo de Educación, Formación y promoción a largo plazo
TOTAL PASIVO:
0,00
0,00
BOCM-20241009-80
Proyecto de distribución del haber social:
Atendiendo a la circunstancia de que la Cooperativa no tiene acreedores y atendiendo al
Balance de Liquidación de la Sociedad Cooperativa, se propone llevar a cabo la siguiente adjudicación del haber social de acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 4/1999,
de 30 de marzo, Reguladora de las Cooperativas de la Comunidad de Madrid:
a) La Reserva de Educación, Formación y Promoción cooperativa, es de 0,00 euros
por lo que no procede adjudicación.
b) El Fondo de Reserva Obligatorio es de 0,00 euros por lo que no procede adjudicación.
No se realizan adjudicaciones al no existir haber social que adjudicar.
Madrid, a 24 de septiembre de 2024.—Los liquidadores, David Silván Velasco, Juan
José García Lazo y Marta María López García.
(02/15.688/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 241
MIÉRCOLES 9 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 269
V. OTROS ANUNCIOS
80
JARDINES MARÍA CRISTINA, S. COOP. MAD.
El 24 de septiembre de 2024, la Asamblea General Universal de la Sociedad Cooperativa “Jardines María Cristina, Sociedad Cooperativa Madrileña”, acordó por unanimidad de
sus socios disolver y liquidar simultáneamente la sociedad cooperativa, nombrando liquidadores y aprobando el siguiente balance final de liquidación y proyecto de distribución del
haber social.
ACTIVO
EUROS
B) ACTIVO CORRIENTE:
0,00
VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
0,00
TOTAL ACTIVO
0,00
PASIVO
EUROS
A) PATRIMONIO NETO:
0,00
A-1) Fondos propios
I. Capital:
21.600,00
1. Capital cooperativo suscrito
21.600,00
2. Capital cooperativo no exigido
0,00
II. Reservas:
0,00
1. Fondo de Reserva Obligatorio
0,00
III. Resultado de ejercicios anteriores
–543.141,00
IV. Otras aportaciones de Socios
538.364,83
V. Resultado de la cooperativa
–16.823,83
B) PASIVO NO CORRIENTE:
0,00
I. Fondo de Educación, Formación y promoción a largo plazo
C) PASIVO CORRIENTE:
0,00
0,00
I. Fondo de Educación, Formación y promoción a largo plazo
TOTAL PASIVO:
0,00
0,00
BOCM-20241009-80
Proyecto de distribución del haber social:
Atendiendo a la circunstancia de que la Cooperativa no tiene acreedores y atendiendo al
Balance de Liquidación de la Sociedad Cooperativa, se propone llevar a cabo la siguiente adjudicación del haber social de acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 4/1999,
de 30 de marzo, Reguladora de las Cooperativas de la Comunidad de Madrid:
a) La Reserva de Educación, Formación y Promoción cooperativa, es de 0,00 euros
por lo que no procede adjudicación.
b) El Fondo de Reserva Obligatorio es de 0,00 euros por lo que no procede adjudicación.
No se realizan adjudicaciones al no existir haber social que adjudicar.
Madrid, a 24 de septiembre de 2024.—Los liquidadores, David Silván Velasco, Juan
José García Lazo y Marta María López García.
(02/15.688/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791