Boadilla del Monte (BOCM-20241008-45)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, correspondiente al ejercicio 2024.
BDNS ID: 788249
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Tendrán la condición de beneficiarios para la concesión de
subvenciones y ayudas económicas con cargo a las presentes bases:
Segundo. Objeto.—En la presente convocatoria se desarrolla el procedimiento para
la concesión de las subvenciones y ayudas económicas previstas para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte.
Son objeto de esta convocatoria los proyectos concretos de fomento de las actividades
físico-deportivas desde el ámbito local, en el municipio de Boadilla del Monte, realizados
en la anualidad 2023.
La concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes para establecer una prelación entre las mismas según los criterios de
valoración fijados en el apartado noveno de la convocatoria.
Tercero. Bases Reguladoras.—Constituye las normas reguladoras de la convocatoria, las contenidas en la misma, la Ordenanza Reguladora de las Bases Específicas para la
concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones con destino a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, aprobadas en sesión plenaria el día 28 de
septiembre de 2018, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 267, de 8 de noviembre de 2018, así como en la página web del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte www.aytoboadilladelmonte.org.
Las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Boadilla del Monte se regirán por
esta Ordenanza, por la Ordenanza municipal General de Subvenciones, aprobada por el Pleno el 18 de diciembre de 2020 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 63, de 16 de marzo de 2021; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones (LGS); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (RLGS); por las restantes normas de
derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Cuarto. Cuantía.—La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 04 340 48910 del Presupuesto General Municipal del ejercicio 2024, por un
importe total máximo de 50.000 euros.
El importe máximo del proyecto o actuación que se presente será de 10.000 euros. El
importe del proyecto o actuación deberá estar íntegramente justificado con las facturas y
demás documentos justificativos que se aporten en la cuenta justificativa. La financiación
máxima para cada proyecto será de 4.000 euros.
BOCM-20241008-45
1. Las personas físicas empadronadas en el municipio de Boadilla del Monte.
2. Las entidades deportivas, legalmente constituidas en la fecha de publicación de la
presente convocatoria, siempre que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad
para, por o dentro del término municipal de Boadilla del Monte. Los clubes y asociaciones
deportivas deberán estar inscritos, en la fecha de publicación de la presente convocatoria,
en el registro de asociaciones deportivas de la Comunidad de Madrid y en el registro de asociaciones vecinales de Boadilla del Monte.
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, correspondiente al ejercicio 2024.
BDNS ID: 788249
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Tendrán la condición de beneficiarios para la concesión de
subvenciones y ayudas económicas con cargo a las presentes bases:
Segundo. Objeto.—En la presente convocatoria se desarrolla el procedimiento para
la concesión de las subvenciones y ayudas económicas previstas para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones y ayudas económicas a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte.
Son objeto de esta convocatoria los proyectos concretos de fomento de las actividades
físico-deportivas desde el ámbito local, en el municipio de Boadilla del Monte, realizados
en la anualidad 2023.
La concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes para establecer una prelación entre las mismas según los criterios de
valoración fijados en el apartado noveno de la convocatoria.
Tercero. Bases Reguladoras.—Constituye las normas reguladoras de la convocatoria, las contenidas en la misma, la Ordenanza Reguladora de las Bases Específicas para la
concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones con destino a personas y entidades deportivas de Boadilla del Monte, aprobadas en sesión plenaria el día 28 de
septiembre de 2018, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 267, de 8 de noviembre de 2018, así como en la página web del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte www.aytoboadilladelmonte.org.
Las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Boadilla del Monte se regirán por
esta Ordenanza, por la Ordenanza municipal General de Subvenciones, aprobada por el Pleno el 18 de diciembre de 2020 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 63, de 16 de marzo de 2021; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones (LGS); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (RLGS); por las restantes normas de
derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Cuarto. Cuantía.—La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 04 340 48910 del Presupuesto General Municipal del ejercicio 2024, por un
importe total máximo de 50.000 euros.
El importe máximo del proyecto o actuación que se presente será de 10.000 euros. El
importe del proyecto o actuación deberá estar íntegramente justificado con las facturas y
demás documentos justificativos que se aporten en la cuenta justificativa. La financiación
máxima para cada proyecto será de 4.000 euros.
BOCM-20241008-45
1. Las personas físicas empadronadas en el municipio de Boadilla del Monte.
2. Las entidades deportivas, legalmente constituidas en la fecha de publicación de la
presente convocatoria, siempre que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad
para, por o dentro del término municipal de Boadilla del Monte. Los clubes y asociaciones
deportivas deberán estar inscritos, en la fecha de publicación de la presente convocatoria,
en el registro de asociaciones deportivas de la Comunidad de Madrid y en el registro de asociaciones vecinales de Boadilla del Monte.